A los efectos de regular la circulación de vehículos de carga se divide el Departamento de Montevideo en tres (3) zonas, mediante límites que podrán ser modificados si media la debida justificación técnica.
Las zonas quedan definidas como se expresa a continuación:
- Zona A
Abarcará de manera aproximada dos piezas urbanas: la zona del Cerro por un lado, el Centro y la zona costera situada al Este del área central, por el otro.
- Zona B
Abarcará un área intermedia del Departamento, bordeada al norte por el Colector Perimetral, al oeste por las Rutas 5, al sur por el límite norte de la zona A y al este por el Arroyo Carrasco.
- Zona C
Comprenderá básicamente el área rural al norte y oeste del Departamento; queda precisada como el territorio del mismo no incluido en las zonas A y B definidas anteriormente.
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