Última actualización:
28.01.2013 - 16:17
Funciones
- Realizar inspecciones de fábricas, locales de venta, distribución, expendios, dépositos de alimentos, materias primas, envases y vehículos.
- Controlar los informes del cuerpo inspectivo sobre las inspecciones realizadas, intervención y/o decomiso de productos, materias primas y envases que se encuentren en infracción a las disposiciones bromatológicas vigentes.
- Asesorar a las empresas sobre aspectos técnicos relacionados con las empresas alimentarias.
- Informar los resultados de las inspeciones de locales comerciales que trabajan con alimentos para su habilitación o la adopción de plazos y/o sanciones según corresponda.
- Sugerir observaciones, plazos y/o sanciones cuando se detecten irregularidades en el cumplimiento de la normativa vigente.
- Instrumentar impedimentos de funcionamiento de empresas de acuerdo a la reglamentación vigente.
- Procesar denuncias que ingresen por el Centro de Información al Consumidor(C.I.C).
- Intervenir en el sistema VETA (Vigilancia Epidemiológica de Enfermedades Trasmisibles por Alimentos) inspeccionando locales sospechosos de estar involucrados en intoxicaciones alimentarias.
Marco legal y reglamentario
- Decreto 27.235 (12/09/96) actualizado al 2000. Ordenanza Bromatológica de la Intendencia de Montevideo. (O.B.M)
- Por Dto. Nº 33.493 de la Junta Departamental de Montevideo
Decreto Nº 33.493 de la Junta Departamental de Montevideo
Resolución 3912/10 de 30 de agosto de 2010
- Decreto 315/94 (05/07/94) Reglamento Bromatológico Nacional (R.B.N), actualizado 2002.
- Res. Nº 1000/96 del 14 de marzo de 1996 y Res. Nº 796/98 del 16 de marzo de 1998. Reglamento para transporte de alimentos. I.M.M
- Res. Nº 2728/96 (del 17/06/96) y Res. Nº 2040/97 del 09/06/97. De los quioscos rodantes de venta de alimentos en la vía pública.
Soporte en normas regionales e internacionales
- Norma MERCOSUR 96/80 - Reglamento Técnico MERCOSUR sobre condiciones higiénico sanitarias y buenas prácticas de fabricación para establecimientos elaboradores/ industrializadores de alimentos(G.M.P).
- CAC/RCP A-1969, rev. 1997,ad 199 - CODEX ALIMENTARIUS "Código de Prácticas Internacionales Recomendadas para los Principios Generales de Higiene de los Alimentos".
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