Cometido
Artículo R.19.43
1-Instrumentar el desarrollo urbano y en el ámbito departamental de acuerdo con los planes vigentes, realizando y/o gestionando la ejecución de los proyectos y obras de carácter urbanístico, arquitectónico y paisajístico e intervenir en todo aquello que incida en el desarrollo físico de la ciudad (tanto de sus áreas urbanas como rurales).
2-Planificar y definir los lineamientos generales de actuación en los espacios públicos y caracterización de los distintos parques públicos.
3-Diseñar nuevos parques y espacios públicos y sus equipamientos, así como modificar o remodelar los existentes.
4-Realizar la revisión y proyecto de ordenanzas sobre espacios verdes y el arbolado del ornato público y privado, en coordinación con las Unidades Normativas existentes.
5- Definir normas de manejo y conservación para la gestión del arbolado urbano, así como la elaboración de los respectivos proyectos.
6- Efectuar el contralor y cumplimiento de las disposiciones vigentes relacionadas con las áreas verdes y el arbolado del ornato público.
7- Controlar, en coordinación con los Servicios Centros Comunales Zonales y autoridades locales cuando corresponda, las cesiones de uso de áreas de espacios públicos en general, y en particular en parques y faja costera.
8-Supervisar la conformación y el mantenimiento de la información sobre los espacios públicos en lo relacionado con edificaciones y equipamiento existente, el relevamiento de especies vegetales y el deslinde de áreas otorgadas en concesión.
9-Atender la patología vegetal y el tratamiento fitosanitario de área verde y árboles del ornato público.
10-Asesorar, proyectar, licitar, dirigir y realizar obras nuevas, ampliaciones, reformas y trabajos de conservación y mantenimiento de espacios públicos, edificios municipales y conjuntos habitacionales, en coordinación con las restantes dependencias municipales competentes.
11-Conservar, acondicionar y crear espacios exteriores de uso público.
12-Efectuar el mantenimiento de elementos de equipamiento urbano: juegos de niños, bancos, casillas de playa y vigilancia, fuentes, monumentos y similares.
13-Informar solicitudes de afectaciones urbanísticas vigentes para cada predio.
14-Aprobar solicitudes de permisos de construcción, regularizaciones o reformas de construcciones existentes y obras nuevas.
15-Verificar el estado de las fincas, informar si son ruinosas, verificar que se dé cumplimiento a los informes técnicos sobre consolidación, guardia permanente de Arquitectos vinculados al Cuerpo Nacional de Bomberos para apoyo técnico de las fincas con siniestro.
16-Evacuar consultas sobre la viabilidad de proyectos o tolerancia a construcciones existentes o proyectadas.
17-Expedir copias de actuaciones correspondientes a permisos de construcción autorizados, de obras sanitarias y de usos del suelo y habilitaciones, si correspondiere.
18-Resolver paralizaciones de obras y gestionar inicios anticipados.
19-Realizar inspecciones de obras sin permiso, finales de obras culminadas de locales industriales y comerciales y de denuncias de humedades, así como también inspecciones de sanitarias internas.
20-Autorizar el funcionamiento de establecimientos industriales, mayores de 100 m2 y de locales comerciales mayores de 200 m2 o aquellos de menor superficie que requieran autorización expresa.
21-Informar y autorizar viabilidades de uso para implantación de establecimientos industriales y comerciales y otros usos no residenciales según lo establecido en la normativa correspondiente.
22-Realizar cotejos de planos en propiedad horizontal.
23-Proyectar y ejecutar la política municipal en materia de tierras y viviendas.
24-Realizar operaciones de rehabilitación urbana y reciclaje de fincas municipales destinadas a viviendas, cuando corresponda.
25-Efectuar la inscripción, selección, adjudicación y seguimiento de las viviendas evolutivas.
26-Preservar los cursos de agua, la red de alcantarillado y pavimentos públicos de desagües nocivos o inadecuados provenientes de predios privados.
27-Realizar el contralor de las instalaciones de abastecimiento de agua potable y de desagües pluviales, domiciliarios e industriales a construirse o existentes en predios privados de todo el Departamento.
28-Entender en los trámites de obras sanitarias construidas o a construirse y otorgar permiso sanitario.
29-Plantar, mantener y podar el arbolado del ornato público y de áreas verdes de espacios públicos.
Nota: Por Res.IMM No 4398/09 de 16/11/09, num. 3 se definen competencias para la Unidad de Contralor de la Publicidad, Señalética y Comunicación.
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