Resolución N° 190/19/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-000036
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/8/2019


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 13 (Unidades Reajustables trece) a la firma VALENTIN PITAMIGLIO GUSTAVO JAVIER, CI.: 3.202.371-9; R.U.T. 217621140012 con domicilio a los efectos legales en la calle Gral. Arq. Alfredo Baldomir Nro. 2463.-

Montevideo, 15 de Agosto de 2019.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a servicio de entrega / delivery sito en la calle Gral. Arq. Alfredo Baldomir Nro. 2463 propiedad de la empresa VALENTIN PITAMIGLIO GUSTAVO JAVIER, CI.: 3.202.371-9; R.U.T. 217621140012, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución Nro. 276/16/0114 de fecha 11/VII/2016 y Resolución Nro. 38/17/0114 de fecha 01/III/2017), habiéndose realizado una nueva intimación por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 de fecha 22/VI/2019, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas-2da. Reincidencia-);
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 13 (segunda reincidencia), por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nro. 21.626, de fecha 23/IV/84, notificando de la aplicación de la misma con fecha 13/VII/2019;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 13 (Unidades Reajustables trece) a la firma VALENTIN PITAMIGLIO GUSTAVO JAVIER, CI.: 3.202.371-9; R.U.T. 217621140012 con domicilio a los efectos legales en la calle Gral. Arq. Alfredo Baldomir Nro. 2463, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal