Resolución N° 107/21/0114
Nro de Expediente:
2020-3260-98-000809
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/6/2021


Tema:
HABILITACIÓN MESAS, SILLAS Y ENTARIMADO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) a la firma CADORE S.A., R.U.T. 210247770019, con domicilio a los efectos legales en la Avda. 21 de Setiembre Nro. 2729, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 30 de Junio de 2021.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a heladería, sito en la Avda. 21 de Setiembre Nro. 2729 propiedad de la firma CADORE S.A., R.U.T. 210247770019, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que con fecha 14/XII/2020 se inicia en el Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 el trámite para la instalación de mesas y sillas (sin entarimado) con una ocupación de 3,9 m2;
        2o.) que con fecha 13/I/2021 el Gobierno Municipal resuelve convalidar el informe técnico del área de Arquitectura del Servicio CCZ Nº5 para la colocación de mesas y sillas;
        3o.) que el 20/II/2021 se notifica al interesado que deberán abonar el depósito de garantía y presentar Seguro de Responsabilidad Civil para culminar el trámite.
        4o.) que luego de varios plazos y ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 5, por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nro. 32.082, Y Nro. 21.626, notificado el día 29/IV/2021;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias
        asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) a la firma CADORE S.A., R.U.T. 210247770019, con domicilio a los efectos legales en la Avda. 21 de Setiembre Nro. 2729, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Matilde Antía,Alcaldesa.-

Alvaro Maynard,Concejal