Resolución N° 248/17/0111
Nro de Expediente:
2016-8643-98-000004
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/10/2017


Tema:
MULTA POR FALTA DE CONDICIONES DE HABITABILIDAD

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) , a la Sra. Raquel Peinado Pérez, C.I. 1.291.218-4, con domicilio a efectos legales en Avda. Carlos María Ramírez No. 50, la Sra. María Luisa Martínez Álvarez, C.I. 1.036.431-6, con domicilio a efectos legales en Avda. Carlos María Ramírez No. 938, la Sra. Leticia Lagoa, C.I. 4.679.707-9, con domicilio a efectos legales en Avda. Agraciada No. 3374 y la Sra. Valeria Cerena, C.I. 2.768.878, con domicilio a efectos legales en Avda. Agraciada 2819 apto. 7

Montevideo, 13 de Octubre de 2017.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con las filtraciones de humedades que afectan las unidades 002 y 102 del padrón No. 78.934, sita en la calle Julián Laguna No. 4306, del cual son copropietarios la Sra. Raquel Peinado Pérez, C.I. 1.291.218-4, con domicilio a efectos legales en Avda. Carlos María Ramírez No. 50, la Sra. María Luisa Martínez Álvarez, C.I. 1.036.431-6, con domicilio a efectos legales en Avda. Carlos María Ramírez No. 938, la Sra. Leticia Lagoa, C.I. 4.679.707-9, con domicilio a efectos legales en Avda. Agraciada No. 3374 y la Sra. Valeria Cerena, C.I. 2.768.878, con domicilio a efectos legales en Avda. Agraciada 2819 apto. 7;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones profesionales realizadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No.14, se comprobaron humedades que generan afectaciones graves a las condiciones de habitabilidad de la finca sita en calle Julián Laguna No. 4306 unidades 002 y 102;
        2o.) que se intimó a los propietarios a realizar los trabajos necesarios en la azotea a fin de evitar las humedades a las fincas afectadas;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 20 a los titulares de obrados, por infracción a lo dispuesto en Artículo 3º, Inciso A, numeral 12, Sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) , a la Sra. Raquel Peinado Pérez, C.I. 1.291.218-4, con domicilio a efectos legales en Avda. Carlos María Ramírez No. 50, la Sra. María Luisa Martínez Álvarez, C.I. 1.036.431-6, con domicilio a efectos legales en Avda. Carlos María Ramírez No. 938, la Sra. Leticia Lagoa, C.I. 4.679.707-9, con domicilio a efectos legales en Avda. Agraciada No. 3374 y la Sra. Valeria Cerena, C.I. 2.768.878, con domicilio a efectos legales en Avda. Agraciada 2819 apto. 7, copropietarios de la finca sita en la en la calle Julián Laguna No. 4306, padrón No. 78.934, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 a efectos de notificar a los infractores.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A