Resolución N° 125/12/0118
Nro de Expediente:
3350-000161-08
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
7/8/2012


Tema:
DEJAR SIN EFECTO

Resumen:
Resolución Nro.: 405/11/0118

Montevideo, 7 de Agosto de 2012.-
 
      VISTO: la Resolución No. 405/11/0118 de fecha 07/12/2011;
      RESULTANDO: 1o.) que por la misma se aplicó una multa de U.R. 19.7880 (Unidades Reajustables diecinueve con siete mil ochocientos ochenta con diezmilésimas) a la Comisión Administradora del Fondo Social de Vivienda de los Trabajadores de la Estiba o Café, propietarios de la finca sita en Calagua Nº. 880/202 y 203
      CONSIDERANDO:1o.) que estudiadas las actuaciones por parte del Servicio Centro Comunal Zonal N°13, se sugiere dejar sin efecto el citado acto administrativo referente a la multa aplicada;
      2o.) que este Municipio se manifiesta de conformidad;
      3o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL G
      RESUELVE:
      1. Dejar sin efecto la Resolución No. 405/11/0118, de fecha 07/12/2011 por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.- ,
      2. Comuníquese al Sector Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para la notificación correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 13 para realizar inspección técnica que verifique la situación actual.-
GASTON SILVA,ALCALDE .-

ANTONIO CORREA,CONCEJAL