Resolución N° 137/16/0118
Nro de Expediente:
2016-1815-98-000052
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
31/8/2016


Tema:
MULTA POR FALTA DE HABILITACIÓN BOMBEROS Y MUNICIPALES

Resumen:
Aplicar de U.R. 7 (Unidades Reajustables siete) por carecer de Habilitaciones Municipales y otra de U.R.10 (unidades reajustables diez) de la Dirección Nacional de Bomberos, a la Sra. Jacqueline Bastarrica C.I.: Nº 3.130.784-0 por no dar cumplimiento a lo intimado, con domicilio a los efectos legales en la calle Millán 5808-

Montevideo, 31 de Agosto de 2016.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a panadería, ubicado en la calle Millán 5808 perteneciente a la Sra. Jacqueline Bastarrica C.I.: Nº 3.130.784-0 , con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1º) que el cuerpo Inspectivo del Municipio G intimó a la presentación de las Habilitaciones Municipales y de la Dirección Nacional de Bomberos;
      2º) que ante el incumplimiento a lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 7 (Unidades Reajustables siete) por carecer de Habilitaciones Municipales y otra de U.R.10 (unidades reajustables diez) de la Dirección Nacional de Bomberos;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades Reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º) que por las competencias asignadas por la Resolución Nº 3230/15;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL G
      RESUELVE:
      1.- Aplicar de U.R. 7 (Unidades Reajustables siete) por carecer de Habilitaciones Municipales y otra de U.R.10 (unidades reajustables diez) de la Dirección Nacional de Bomberos, a la Sra. Jacqueline Bastarrica C.I.: Nº 3.130.784-0 por no dar cumplimiento a lo intimado, con domicilio a los efectos legales en la calle Millán 5808-
      2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Notificaciones de este Municipio, a efectos de realizar la notificación correspondiente y al Servicio de Inspección general del Municipio G para sus posteriores controles.-
Gaston Silva,ALCALDE.-

Wilson Dutra,CONCEJAL