Resolución N° 519/15/8000
Nro de Expediente:
8014-002604-15
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
10/11/2015


Tema:
REGLAMENTOS

Resumen:
Aprobar el Reglamento que regirá los Concursos de Reinas de Carnaval, Reinas de Llamadas y Reinas de Escuelas de Samba 2016.-

Montevideo, 10 de Noviembre de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la aprobación del reglamento que regirá los Concursos Reinas de Carnaval, Reinas de Llamadas y Reinas de Escuelas de Samba 2016;
        RESULTANDO: que la Gerencia de Eventos, adjunta para su aprobación, el texto del Reglamento que regirá los referidos concursos, luciente de fs. 1 a fs. 3 de obrados;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.254/15 del 09/07/2015, el Sr. Intendente de Montevideo, delegó en la Directora General del Departamento de Cultura, la facultad, entre otras, de aprobar la reglamentación de los diversos concursos, con comunicación inmediata a la Sr. Intendente de Montevideo;
        LA DIRECTORA GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE CULTURA
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aprobar el Reglamento que regirá los Concursos de Reinas de Carnaval, Reinas de Llamadas y Reinas de Escuelas de Samba 2016, que se transcribe:
        Departamento de Cultura
        Gerencia de Eventos
        Unidad de Festejos y Espectáculos
        Reglamento del concurso de Reinas de Carnaval, Reinas de Llamadas y Reinas de Escuelas de Samba 2016
        La Gerencia de Eventos a través de la Unidad de Festejos y Espectáculos realiza el concurso destinado a proclamar la “Reina de Carnaval”, “Reina de Llamadas” y “Reina de Escuelas de Samba” 2016, el que se efectuará en un todo de acuerdo con lo dispuesto en la presente reglamentación.
        Artículo 1º.- Antecedentes:
        El Concurso de Reinas se constituye como un evento que promueve y convoca la participación ciudadana desde diversos ámbitos: comisiones barriales, comisiones de cultura, concejos vecinales, vecinas y vecinos en general.
        El Carnaval en general y sus Reinas en particular son parte de la tradición cultural de fuerte arraigo popular.
        La Intendencia de Montevideo está comprometida a través del 3er. Plan de Igualdad de Género a “Impulsar cambios culturales que remuevan estereotipos y prejuicios de género” (LE7).
        Es por esa razón, que en acuerdo con representantes de los Concejos Vecinales Zonales, Comisiones de Cultura y Carnaval, la Junta de Alcaldes de Montevideo, el Departamento de Desarrollo Social y su Secretaría de la Mujer, el Departamento de Cultura y su Gerencia de Eventos proponen el siguiente reglamento para el año 2016, con el propósito de transformar la Elección de Reinas en una celebración de valores y alegría carnavalera.
        Artículo 2º.- Los Municipios de Montevideo, las Comisiones de Cultura y /o Carnaval, conjuntamente con las Comisiones Organizadoras y la Gerencia de Eventos, a través de la Unidad de Festejos y Espectáculos, realiza el Llamado a aspirantes para la Elección de las “Reinas de Carnaval, Llamadas y Escuelas de Samba 2016”. No como un concurso de belleza que fomente estereotipos de género y ejerza violencia simbólica contra nuestras jóvenes, sino como una celebración al espíritu solidario y la alegría de la Fiesta del Carnaval en el territorio.
        Artículo 3º.- Las participantes deberán haber cumplido 18 (dieciocho) años al momento de la inscripción. No existirá límite máximo de edad para participar, y están habilitadas de participar las personas transgénero y personas con discapacidad. Todas las participantes tendrán las garantías en las pre selecciones en territorio y en el certamen final para ser incluidas con toda vigencia de sus derechos. Tanto las Comisiones de territorio como la organización del encuentro y certamen central deberán asegurar que ni la edad, ni las características de identidad de género, raza o condición social o de ningún tipo sean barreras para participar de esta fiesta popular.
        Las participantes deberán presentar de forma obligatoria en el momento de la inscripción:
        - Cédula de identidad y fotocopia de la misma (documento que podrá ser requerido en cualquier momento por las autoridades del certamen. La no coincidencia de identidad de género con la identidad del documento, no será motivo de exclusión de las participantes.). En el formulario de inscripción se requerirá -en el caso de personas transgénero-, el nombre de uso social de la participante, el cual será el empleado en todas las instancias del evento (por jurados, presentadores, funcionarios y todas las personas vinculadas al mismo).
        Artículo 4º.- El Jurado Central encargado de dictaminar en estos Concursos, estará integrado por 5 (cinco) personas idóneas en carnaval, temática de género y cultura popular. Tanto los jurados de territorio, como los/as jurados/as del evento central deberán ser sensibles al cambio que establecen todas las partes para el Carnaval 2016.
        Artículo 5º.- Para emitir su veredicto, el Jurado deberá tener especialmente en cuenta los siguientes atributos de las participantes:
        1. Conocimientos de Carnaval y conocimiento sobre su barrio o zona de nacimiento.
        2. Participación y proyectos propios en proyectos socioculturales en los que la aspirante se encuentre relacionada como aportes al desarrollo de actividades sociales y culturales en su barrio, zona o Municipio.
        3. Dinamismo y Alegría Carnavalera.
        4. Comunicación con el Público.
        Especialmente se recomienda a los y las integrantes de los jurados a tener en cuenta los aspectos señalados al inicio del presente reglamento, en relación a la inclusión y respeto de los derechos de todas las participantes.
        Se realizará con todas las participantes, como obligatorios, talleres realizados bajo la responsabilidad de la Gerencia de Eventos y la Secretaría de la Mujer previamente a la Fiesta de Elección Central.
        Los talleres versarán sobre: Historia del Carnaval y sus categorías; Rol de las mujeres y desigualdades de género en el carnaval.
        Las personas integrantes del jurado entrevistarán a las participantes y las acompañarán durante los talleres formando esta etapa parte fundamental de la evaluación.
        Se realizarán talleres de creación plástica, coreográfica y creativa, como parte de la ceremonia de elección.
        Artículo 6º.- Estos Concursos se desarrollarán en 2 (dos) Etapas, a saber:
        1ª Etapa.- Los Municipios de Montevideo, las Comisiones de Cultura y / o Carnaval de los Consejos Vecinales abrirán un registro de interesadas a participar en los Concursos destinados a seleccionar las “Reinas”, “1ª Vice Reinas” y “2ª Vice Reinas” Zonales, del Carnaval, de las Llamadas y de Escuelas de Samba 2016 las cuales deberán ser residentes en la zona.
        Las participantes que resulten electas Reinas en sus territorios pasarán directamente a la Etapa final.
        Para estas elecciones, cada Municipio, Comisiones de Cultura y/o carnaval nombrará un Jurado que estará integrado por un mínimo de 3 (tres) personas (se deberá tener en cuenta en todos los casos, que el número de integrantes sea impar), los cuales no tendrán que tener vínculos familiares con las participantes y deberán actuar según lo dispuesto en el Artículo 5º de la presente reglamentación, y su fallo será inapelable.
        Los premios y menciones especiales a adjudicarse en esta Etapa, serán dispuestos por cada zona de los distintos Municipios.
        2ª Etapa.- Elección final, a realizarse en acto público, con las Reinas Zonales, la que se efectuará en el mes de enero de 2016.
        Artículo 7º.- En cualesquiera de las instancias previstas en la presente reglamentación, los Jurados actuantes emitirán su fallo mediante el sistema deliberativo y por simple mayoría de votos.
        En cualesquiera de las instancias previstas en la presente reglamentación se señalarán las posibles inconductas de las participantes.
        Estas inconductas pueden ser: a) mal trato, actos discriminatorios o cualquier tipo de violencia ejercida hacia otras participantes, miembros de la organización de las elecciones o cualquier persona, y b) todo apartamiento de las normas básicas de convivencia.
        Dichas inconductas serán señaladas por las comisiones organizadoras durante la Primera Etapa de los concursos, y los/las responsables de la organización durante la segunda etapa de los mismos, pudiendo de acuerdo a la gravedad de las mismas, ser tenidas en cuenta por el jurado en su deliberación e incluso se podrá llegar hasta la eliminación de la participante.
        En el caso de que una participante resulte eliminada como consecuencia de sus inconductas, no se le permitirá participar en futuros Concursos organizados por la Gerencia de Eventos o la Unidad de Festejos y Espectáculos.
        Los responsables de determinar y aplicar las sanciones serán el jurado actuante y el Gerente de Eventos.
        Artículo 8º.- Las aspirantes electas que pasan a la 2ª Etapa, quedarán comprometidas a concurrir todos los días y horas que sean necesarios previos a la elección final, los que serán dispuestos por la Unidad de Festejos y Espectáculos. En caso de que alguna de las postulantes no cumpla con esta disposición, su ausencia deberá ser con aviso y justificada por escrito estando facultada la Gerencia de Eventos, a convocar a la Vice-Reina del Zonal (en un plazo prudencial) al que representa la aspirante omisa. Se tendrá en cuenta durante los ensayos centrales las llegadas tarde, al igual que las faltas. En este sentido se tomará como límite dos faltas sin justificación médica debidamente certificada, quedando descalificada automáticamente a la tercera falta.
        Artículo 9º.- Los Premios a adjudicarse en este Concurso se ajustan al siguiente detalle:
        Un Primer Premio: “Reina del Carnaval 2016”, “Reina de las Llamadas 2016” y “Reina de Escuelas de Samba 2016”
        $ 31.000
        Un Segundo Premio: “1ª Vice Reina del Carnaval 2016”, “1ª Vice Reina de las Llamadas 2016” y “ 1ª Vice Reina de Escuelas de Samba 2016”
        $ 28.000
        Un Tercer Premio: “2ª Vice Reina del Carnaval 2016”, “2ª Vice Reina de las Llamadas 2016” y “2ª Vice Reina de Escuelas de Samba 2016”
        $ 26.000
        Artículo 10º.- En cada una de las Etapas previstas, las concursantes realizarán tantas actividades individuales y/o colectivas como así lo disponga el Jurado.
        Artículo 11º.-
        En caso de que alguna de las participantes seleccionadas “Reinas” y/o “Vice Reinas” del Carnaval, de las Llamadas o de Escuelas de Samba 2016, tanto en las elecciones Zonales como en la Central, no acepten el cargo para el que han sido electas, deberán hacerlo saber inmediatamente de la elección al Jurado respectivo, quedando automáticamente eliminadas sin derecho a percibir Premios o Trofeos de clase alguna, no permitiéndosele, además, participar en futuros Concursos organizados por la Unidad de Festejos y Espectáculos. En tal circunstancia, el Jurado proclamará en el acto a las participantes que hayan obtenido la clasificación inmediata posterior.
        Artículo 12º.- Las “Reinas” y “Vice Reinas” del “Carnaval 2016”, “Llamadas 2016” y “Escuelas de Samba 2016”, serán consideradas como personal dependiente de la Unidad de Festejos y Espectáculos, por lo que estarán obligadas hasta la finalización de las actividades de carnaval 2016 a:
        1. Participar en el Desfile Oficial Inaugural, Desfile de Llamadas, Desfile de Escuelas de Samba y otros desfiles y espectáculos que indique la Unidad de Festejos y Espectáculos.
        2. Estar a disposición de la citada Unidad, con una antelación de 2 (dos) horas con relación al horario en que deban presentarse para intervenir en cualquier espectáculo.
        3. Deberán cumplir con las pautas que imparta la Unidad de Festejos y Espectáculos, por intermedio de los funcionarios que la representen.
        4. Se deberán abstener de participar en espectáculos organizados por Instituciones ajenas al mismo, no pudiendo tampoco prestigiar propaganda comercial de clase alguna, salvo autorización otorgada por escrito por la Gerencia de Eventos, en todos los casos.
        Así mismo, las Reinas y Vice Reinas electas estarán invitadas y comprometidas para:
        5. Participar de actividades de carácter social y cultural organizadas por el área de descentralización Cultural del Departamento de Cultura a lo largo del año, como forma de continuar vinculadas a proyectos socioculturales.
        Las prohibiciones precedentes se hacen extensivas a las participantes que hayan sido seleccionadas para intervenir en la Etapa final de este Certamen, hasta que haya sido dado el veredicto final.
        La transgresión a cualesquiera de las disposiciones señaladas, será causal de eliminación de dichos Concursos.
        Las “Reinas” y/o “Vice Reinas” del “Carnaval 2016”, “Llamadas 2016” y “Escuelas de Samba 2016”, estarán autorizadas por la Unidad de Festejos y Espectáculos con el aval de la Gerencia de Eventos, a participar en cualquier acto público en su honor, organizado por la zona a la cual representa, siempre y cuando la fecha no interfiera con su programación central.
        Artículo 13º.- Si las “Reinas” y/o “Vice Reinas” del “Carnaval 2016”, “Llamadas 2016” y “Escuelas de Samba 2016”, no concurrieran a alguno de los espectáculos indicados por la Unidad de Festejos y Espectáculos, la Intendencia de Montevideo, descontará a la infractora un monto equivalente a la eneava parte del premio que hubiera obtenido, entendiéndose por eneava parte la cantidad de espectáculos a los que hubieran estado obligadas a concurrir. Se exceptúa de lo dispuesto precedentemente, incumplimientos por causa de fuerza mayor debidamente justificada con razonable anticipación. En caso de enfermedad, se deberá presentar certificado médico.
        Artículo 14º.- En caso de enfermedad o imposibilidad momentánea de la “Reina del Carnaval 2016”, “Reina de las Llamadas 2016” y/o “Escuelas de Samba 2016”, constatada, la Unidad de Festejos y Espectáculos la sustituirá con la “1ª Vice Reina”, sin que ello signifique que se deba abonar a la misma compensación extra de clase alguna, manteniéndose en un todo las disposiciones contenidas en la presente Reglamentación.
        Artículo 15º.- La vestimenta que luzcan las participantes electas durante los actos oficiales será proporcionada por la Unidad de Festejos y Espectáculos.
        Asimismo, la citada Unidad facilitará a las mismas la locomoción necesaria para los traslados desde y hacia sus Oficinas, con motivo de sus distintas presentaciones.
        Artículo 16º.- Los Premios se abonarán a “Reinas” y “Vice Reinas” una vez que hayan cumplido a entera satisfacción los compromisos contraídos con la Unidad de Festejos y Espectáculos.
        Artículo 17º.- Las situaciones no previstas en el presente Reglamento, serán resueltas por la Gerencia de Eventos y/o Municipios, según corresponda.
        Artículo 18º.- Por el sólo hecho de participar en estos Concursos, las aspirantes declaran que conocen y aceptan en todos sus términos lo establecido en esta Reglamentación.
        2.- Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros y Secretaría General; a la División Información y Comunicación; a todos los Municipios; a todos los Centros Comunales Zonales; a la Oficina Gestión Presupuestal del Departamento de Cultura, a la Unidad de Festejos y Espectáculos y pase a la Gerencia de Eventos.-

PROFA. MARIANA PERCOVICH, Directora General del Departamento de Cultura.-