Resolución N° 148/17/5500
Nro de Expediente:
2017-9591-98-000134
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
6/9/2017


Tema:
MULTA ANÁLISIS REGULACIÓN ALIMENTARIA

Resumen:
Aplicar una multa de 54 U.R, a la empresa "Establecimientos Juan Sarubbi" ubicada en la calle camino Coronel Raíz Nº 2902, por presencia de Listeria Monocytogenes en muestras de panceta.-

Montevideo, 6 de Setiembre de 2017.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la presencia de Listeria Monocytogenes en las muestras extraídas por Acta Nº 117851 de fecha 15 de mayo del presente año, de la empresa Establecimientos Juan Sarubbi, RUT 210.163.670.013, ubicada en Camino Coronel Raíz Nº 2902, que gira en el ramo fábrica de chacinados e importación, cuya representante legal es la Sra. Silvana Sarubbi, titular de la cédula de identidad No. 1.302.770-4;
      RESULTANDO: 1o.) que el Laboratorio de Bromatología dependiente del Servicio de Regulación Alimentaria efectuó los análisis microbiológicos Nos. 132255 al 132259, sobre la muestra Panceta Ahumada Libre de Gluten Sarubbi, encontrándose presencia de Listeria Monocytogenes;
      2o.) que en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo R 69 del Volumen II del Digesto Departamental se confirió vista el 10 de agosto p.pdo., a la empresa previo a la aplicación de sanciones y habiendo vencido el plazo legal la empresa no evacuó la vista conferida;
      3o.) que la Dirección de dicho Servicio expresa que en mérito de lo informado y atento a lo dispuesto precedentemente corresponde aplicar una multa de 54 U.R, por infringir los dispuesto en el Artículo D.895 literal b) del Capítulo VI del Título I del Volumen VI del Digesto Departamental, (Presencia de Listeria Monocytogenes);
      4o.) que la División Salud se manifiesta de conformidad;
      CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3246/15 de fecha 09/07/15, el Sr. Intendente delegó en la Dirección General del
      Departamento de Desarrollo Social la facultad de aplicar multas de hasta 55 UR;
      LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
      DE DESARROLLO SOCIAL EN EJERCICIO
      DE FACULTADES DELEGADAS
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de 54 U.R (cincuenta y cuatro unidades reajustables) a la empresa Establecimientos Juan Sarubbi, RUT 210.163.670.013, ubicada en Camino Coronel Raíz Nº 2902, que gira en el ramo fábrica de chacinados e importación, cuya representante legal es la Sra. Silvana Sarubbi, titular de la cédula de identidad No. 1.302.770-4, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente Resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de las normas establecidas en la Ordenanza Bromatológica, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, vencido el cual se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Comuníquese a la División Salud, a los Servicios de Gestión de Contribuyentes, a la Unidad de Laboratorio de Bromatología y pase al Servicio de Regulación Alimentaria.-
Dra. Fabiana Goyeneche, Directora General Departamento de Desarrollo Social.-