Resolución N° 134/17/1200
Nro de Expediente:
2017-1512-98-000122
 
PROSECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
9/8/2017


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 20 a la empresa Bribil SA, responsable del local ubicado en Av. Gral. San Martín 3699 A, por no haber presentado la Declaración Jurada de Gestión de Residuos No Domiciliarios.-

Montevideo, 9 de Agosto de 2017.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local ubicado en Av. Gral. San Martín 3699 A, responsabilidad de la empresa Bribil SA, RUT 21 1562250016;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Central de Inspección General señala que mediante formulario No. 2464 de 22/7/16, se intimó a la empresa a presentar la Declaración Jurada de Gestión de Residuos Sólidos No Domiciliarios; transcurrido el plazo dispuesto sin que se presentara ante dicho Servicio, se consultó la base de datos de la División Limpieza corroborando que no dio cumplimiento a la intimación;
        2o.) que en tal sentido el referido Servicio sugiere la aplicación de una multa de UR 20, de acuerdo a lo dispuesto por el D. 1920.1 del Vol. VI del Digesto Departamental;
        3o.) que la Prosecretaría General remite las actuaciones solicitando el dictado de la resolución correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resolución Nº 1937/16 de 9/5/16, se delegó en el Prosecretario General la







        facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 20;
        EL PROSECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 20 (Unidades Reajustables veinte) a la empresa Bribil SA, RUT 21 1562250016, responsable del local ubicado en Av. Gral. San Martín 3699 A, por no haber presentado la Declaración Jurada de Gestión de Residuos Sólidos No Domiciliarios.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar dicho cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio D, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal Nº 11 y pase al Servicio Central de Inspección General para la notificación correspondiente y demás efectos.-

CHRISTIAN DI CANDIA, Prosecretario General .-