Resolución N° 4286/17
Nro de Expediente:
2017-8897-98-000001
 
DESARROLLO URBANO
Fecha de Aprobación:
29/9/2017


Tema:
CONVENIO-CONTRATO

Resumen:
Se aprueba el texto de mutuo disenso entre la Intendencia de Montevideo y la firma consultora PROINGO S.R.L, con relación al asentamiento “Matilde”.-

Montevideo, 29 de Setiembre de 2017.-
 
        VISTO: el proceso de regularización del asentamiento “Matilde”, en el marco del Programa de Mejoramiento de Barrios, financiado por el Préstamo BID Nº 2052/OC-UR;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 3953/13 del 2/IX/13 y su modificativa la Nº 4426/13 del 30/IX/13, se adjudicaron “ad referéndum” del Tribunal de Cuentas, los servicios de consultoría para la elaboración del Proyecto de Mejoramiento Integral Físico y Social, a la firma consultora PROINGO S.R.L, por un monto total de $ 5.250.000,oo (pesos uruguayos cinco millones doscientos cincuenta mil) más Impuesto al Valor Agregado y ajustes paramétricos, habiéndose suscrito el contrato con el objeto antes referido el día 21/II/14;
        2º) que de común acuerdo, la Intendencia de Montevideo y PROINGO S.R.L decidieron poner fin a la relación que las vincula, otorgando un mutuo disenso;
        3º) que el Programa de Mejoramiento de Barrios II dio su conformidad y se obtuvo la no objeción del Banco Interamericano de Desarrollo;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Urbano expresa su conformidad;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Aprobar el siguiente texto de mutuo disenso entre la Intendencia de Montevideo y la firma consultora PROINGO S.R.L, con relación al asentamiento “Matilde”: MUTUO DISENSO. En Montevideo, el día ..... de .....del año ... entre: POR UNA PARTE: La Intendencia de Montevideo (en adelante la IdeM), RUT Nº 211763350018, con domicilio en la Avda.18 de Julio Nº 1360 de esta ciudad, representada por ......., en su calidad de ..... ..- POR OTRA PARTE: PROINGO S.R.L (en adelante la firma consultora), RUT Nº 213663480013, con domicilio en la calle Gabriel Pereira N° 2757, Piso 3 Oficina 5 de esta ciudad, representado por ... y ...., en sus calidades de ..... y ......, mayores de edad, titulares de las C.I. Nos. ... y .... respectivamente, convienen en lo siguiente: PRIMERO.- I) Con fecha 30/XII/08, la República Oriental del Uruguay suscribió con el Banco Interamericano de Desarrollo, el Contrato de Préstamo BID Nº 2052/OC-UR, por el cual se otorgó financiamiento para la ejecución del Programa de Mejoramiento de Barrios. Dicho Programa financia la elaboración y ejecución de proyectos integrales de mejoramiento barrial, siendo uno de ellos el Proyecto de regularización del asentamiento “Matilde” que comenzó a ejecutarse durante la vigencia de dicho Contrato de Préstamo. II) En dicho marco, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (en adelante el MVOTMA) y la IdeM como entidad subejecutora, procedieron al llamado de solicitud de propuestas para proveer los servicios de consultoría para el Proyecto de Mejoramiento Integral Físico y Social del citado asentamiento. III) Por Resolución Nº 3953/13 de fecha 2/IX/13 y su modificativa Nº 4426/13 del 30/IX/13 se adjudicaron “ad referéndum” del Tribunal de Cuentas los servicios de consultoría para la elaboración del Proyecto de Mejoramiento Integral Físico y Social del asentamiento “Matilde” a la mencionada firma consultora, por un monto total de $ 5.250.000,oo (pesos uruguayos cinco millones doscientos cincuenta mil) más Impuesto al Valor Agregado y ajustes paramétricos, habiéndose suscrito el contrato con el objeto antes referido el día 21/II/14. En dicho contrato se determinó que el precio se abonaría de acuerdo a los productos y subproductos entregados por la firma consultora y aprobados por la contratante de acuerdo con el siguiente desglose: Producto 1 – Relevamiento, Diagnóstico Integral y Propuesta de Intervención Integral: 40%; Producto 2 – Anteproyecto Integral: 30%; Producto 3 – Proyecto Ejecutivo Integral: 30%. IV) Por Resolución Nº ..... de fecha..... de la IdeM se aprobó el texto del presente mutuo disenso. SEGUNDO.- I) A los efectos de dar cierre al desarrollo del proyecto se consideró conveniente por ambas partes otorgar el presente mutuo disenso. II) A la fecha se ha realizado el pago del 100% del Producto 1 y el 50% del Producto 2. III) Existiendo pendientes a la culminación del Producto 2 (Anteproyecto Integral) se acuerda el pago del 27 % de dicho producto, que asciende a la suma de $ 425.250,oo (pesos uruguayos cuatrocientos veinticinco mil doscientos cincuenta) más Impuesto al Valor Agregado y el ajuste paramétrico de esta cifra al mes de marzo de 2017, y el pago pendiente de las retenciones del 10 % de las etapas culminadas y aprobadas. TERCERO.- I) Las partes declaran no tener reclamación alguna que formularse recíprocamente, que se derivaren de la suscripción y ejecución parcial del contrato relacionado en la cláusula primera del presente documento. II) La firma consultora renuncia de forma expresa a los derechos de cualquier clase que pudiere tener sobre cualquiera de los productos correspondientes a la licitación de referencia. En consecuencia se formula la renuncia expresa de cualquier pretensión judicial o extrajudicial que se derive de lo referido en la presente. CUARTO.- Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos del presente, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia. QUINTO.- La firma consultora reconoce que la propiedad intelectual de todos los productos derivados del contrato original es de la IdeM exclusivamente para su materialización en el programa del asentamiento “Matilde”. Y para constancia se suscriben tres ejemplares del mismo tenor, en el lugar y fecha


        indicados en la comparecencia.-

        2º.- Delegar en el Coordinador Ejecutivo de la Unidad Especial Ejecutora de Atención al PIAI la facultad de suscribir el contrato correspondiente.-
        3º.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a Contaduría General y pase a la Unidad Especial Ejecutora de Atención al PIAI.-
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-