Resolución N° 415/14/5500
Nro de Expediente:
4373-007515-14
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
24/12/2014


Tema:
MULTA ANÁLISIS REGULACIÓN ALIMENTARIA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R 26, a la firma Crufi S.A., R.U.T. 214644990018, propietaria del establecimiento destinado a elaboración de helados, sito en Cno. Durán No. 5693, por presencia de elevado recuento de coliformes totales y Staphylococcus aureus, comprobada en las muestras de helado.-

Montevideo, 24 de Diciembre de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la extracción de muestras de crema helada triple de vainilla y dulce de leche y chocolate, del establecimiento destinado a elaboración de helados, propiedad de la firma Crufi S.A., R.U.T. 214644990018, sito en Cno. Durán No. 5693, cuya responsable legal es la señora María Jocellyn Pérez Méndez, C.I. 1.916.482-1, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Regulación Alimentaria informa que de acuerdo con el resultado de los análisis microbiológicos Nos. 119116 y 119120, practicados sobre los mencionados productos, los mismos presentaban clasificación fuera de condiciones reglamentarias, por presencia de elevado recuento de coliformes totales y Staphylococcus aureus;
        2o.) que el citado Servicio, atento a lo expuesto precedentemente estima que correspondería aplicar una multa de U.R. 26 por infringir lo dispuesto en el Art. D. 895 inciso c) del Decreto No. 27.235 de 12/IX/96;
        3o.) que con fecha 10/XI/14 se otorgó vista a la interesada lo cual formula descargos que no la exime de la aplicación de sanciones;
        4o.) que la División Salud se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3.092/10, de 12/VII/10 la señora Intendenta delegó en la Dirección General del



        Departamento de Desarrollo Social la facultad de aplicar multas de hasta U.R. 55;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO SOCIAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R 26 (Unidades Reajustables veintiséis), a la firma Crufi S.A., R.U.T. 214644990018, propietaria del establecimiento destinado a elaboración de helados, sito en Cno. Durán No. 5693, cuya responsable legal es la señora María Jocellyn Pérez Méndez, C.I. 1.916.482-1, con igual domicilio a los efectos legales, por infringir lo dispuesto en el Art. D 895 inciso c) del Decreto No. 27.235 de 12/IX/96.-
        2.- Intimar a la infractora el cumplimiento de las normas establecidas en la Ordenanza Bromatológica, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, vencido el cual se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la División Salud y pase al Servicio de Regulación Alimentaria para la notificación a la infractora y librar testimonio correspondiente.-

PROF. MARIA SARA RIBERO, Directora General del Departamento de Desarrollo Social.-