VISTO: las presentes actuaciones elevadas por la División Salud, relacionadas con la Resolución Nº 3795/21 de fecha 12 de octubre del 2021;
RESULTANDO: 1o.) que por la citada resolución se aprobó el texto del convenio celebrado entre la Asociación Civil Pro-fundación para las Ciencias Sociales y esta Intendencia, para brindar atención interdisciplinaria a usuarios y usuarias del Municipio A en la policlínica móvil "Adela Domínguez";
2o.) que por la cláusula tercera de dicho convenio esta Intendencia se obligó a transferir a la Asociación la suma total de $ 2.109.696,oo (pesos uruguayos dos millones ciento nueve mil seiscientos noventa y seis) que se abonarán en 12 (doce) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de $ 175.808,oo (pesos uruguayos ciento setenta y cinco mil ochocientos ocho), la primera de ellas a la firma del contrato;
3o.) que el convenio de obrados comenzaba a iniciar entre las partes a partir del 2 de enero del 2022, lo que ameritó que este fuera aprobado sin la preventiva correspondiente por ser ejercicio del año siguiente;
4o.) que la Unidad de Convenios y Asesoría Legal informa que el contrato fue firmado el 14 de diciembre del 2021;
5o.) que la Unidad de Contralor de Liquidaciones de Convenios, Compensaciones y Garantías solicita que se agregue la preventiva para poder efectuar los pagos mensuales del convenio ya suscrito;
6o.) que la División Salud solicita se efectué la erogación de pago resultante para la Resolución Nº 3795/21 de fecha 12 de octubre del 2021;
7o.) que a tales efectos la Unidad de Gestión Presupuestal realizó la solicitud Nº 100.737 por la suma total citada en el resultando segundo, la que será abonada mes a mes hasta su total cancelación;
CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social entiende pertinente su aprobación en el sentido indicado;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Ampliar la Resolución Nº 3795/21, de fecha 12 de octubre del 2021, únicamente a efectos de incorporar la preventiva de pago solicitud Nº 100.737 por la suma total de $ 2.109.696,oo (pesos uruguayos dos millones ciento nueve mil seiscientos noventa y seis) y mantener incambiados sus restantes términos.-
2.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General, de Recursos Financieros y de Desarrollo Social, a la Divisiones de Salud y de Asesoría Jurídica, al Servicio de Escribanía, a la Unidad de Convenios y Asesoría Legal, a las Unidades Central de Auditoría Interna y Central de Presupuesto, a la Unidad de Gestión Presupuestal, al Municipio A y pase a Contaduría General a sus efectos.-
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