Resolución N° 44/19/5100
Nro de Expediente:
2018-5222-98-000087
 
ADMINISTRACION DE PERSONAL
Fecha de Aprobación:
14/1/2019


Tema:
HORAS EXTRAS

Resumen:
Se autoriza a la funcionaria Sra. Sandra Liscano a realizar horas extras, al amparo de lo dispuesto en el Art. R.175.6 del Vol. III del Digesto.-

Montevideo, 14 de Enero de 2019.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la funcionaria Sra. Sandra Liscano quien se desempeña en el Servicio de Convivencia Departamental;
        RESULTANDO: 1º.) que la referida funcionaria solicita se la exceptúe de lo dispuesto en el Art. R.175.5 al amparo del Art. R.175.6 del Volumen III del Digesto dado que superó el límite de licencia médica permitido;
        2º.) que el Servicio de Convivencia Departamental se manifiesta de conformidad;
        3º.) que el Servicio de Salud y Seguridad Ocupacional informa que la funcionaria se encuentra apta desde el punto de vista médico para el reintegro de las horas extras solicitadas;
        CONSIDERANDO: 1º.) que se estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;
        2º.) las facultades delegadas por Resolución Nº 692/15/5000 de 24 de julio de 2015;
        LA DIRECCIÓN DE LA DIVISIÓN
        ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
        RESUELVE:
        1º.-Autorizar a la funcionaria Sra. Sandra Liscano, CI Nº 2.006.955, a realizar horas extras, al amparo de lo dispuesto en el Art. R.175.6 del Vol. III del Digesto.-
        2º.-Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros y de Secretaría General, a la Pro Secretaría General, a los Servicios de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas, de Liquidación de Haberes y de Convivencia Departamental, para la notificación correspondiente y pase al Servicio de Administración de Gestión Humana, para su remisión a la Unidad Información de Personal, para su conocimiento y demás efectos.-

Dra. Rosana PAREDES, Directora de la División Administración de Personal.-