Resolución N° 637/23/1200
Nro de Expediente:
2022-5220-98-000015
 
PROSECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
13/7/2023


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 20 a la empresa Paola Chiva Marcelo Nicolás, responsable de la obra ubicada en la calle Miguelte N.º 1625, por falta de pasaje peatonal.-

Montevideo, 13 de Julio de 2023.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la obra ubicada en la calle Miguelte N.º 1625, responsabilidad de la empresa Di Paola Chiva Marcelo Nicolás;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental informa que personal inspectivo constató la falta de pasaje peatonal en la referida obra, labrándose el acta Nº 43146 de 29/12/21;
        2o.) que se procedió a otorgar vista de acuerdo a lo dispuesto en el Art. R.69 del Vol. II del Digesto Departamental, a efectos de la formulación de descargos, sin que estos se hayan presentado;
        3o.) que el estudio de las actuaciones insumió un tiempo prolongado debido a las circunstancias del caso;
        4o.) que en tal sentido el referido Servicio señala que corresponde la aplicación de una multa de UR 20 (se establece un monto de UR 2 por metro lineal constatándose la ocupación de 10 metros) por infringir lo dispuesto en el artículo D.3215 del Volumen XV ("Planeamiento de la Edificación") del Digesto Departamental y en el artículo 3, numeral 3, literal A del Decreto Nº 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales de acuerdo al Decreto Nº 34.134 de 12/04/12 y la Resolución Nº 2287/13 de 03/06/13;



        2o.) que por Resoluciones Nos. 4242/20 de 1/12/20 y 570/20/1000 de 4/12/20 se delegó en
        el Prosecretario General las facultades de aplicar multas de hasta un monto de
        UR 20;
        EL PROSECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 20 (unidades reajustables veinte) a la empresa Paola Chiva Marcelo Nicolás, RUT 217810610016, con domicilio fiscal en la calle Domingo Torres N.º 4458, por los motivos indicados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese a la Asesoría de Desarrollo Municipal a sus efectos, al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

Dr. Daniel González, Prosecretario General.-