Resolución N° 5100/23
Nro de Expediente:
2023-5507-98-000127
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
30/10/2023


Tema:
CONVENIOS/CONTRATOS

Resumen:
APROBAR EL TEXTO DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA A SUSCRIBIRSE ENTRE EL SR. MAXIMILIANO PEREIRA CASTRO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NRO. 4.639.022-7 Y ESTA INTENDENCIA, EN EL MARCO DEL "PROGRAMA RECUPERADORES URBANOS (PRU) - PROYECTO MOTOCARROS".-

Montevideo, 30 de Octubre de 2023.-
 

                 VISTO: las presentes actuaciones elevadas por la Secretaría de Empleabilidad para la Inclusión Social, solicitando se apruebe el texto del contrato de compraventa a suscribirse entre el Sr. Maximiliano Pereira Castro, titular de la cédula de identidad Nº 4.639.022-7 y esta Intendencia, en el marco del "Programa Recuperadores Urbanos (PRU)" - hoy Proyecto Motocarros-;

                 RESULTANDO: 1o.) que por Resolución No 278/18 de fecha 09 de enero del 2018 se encomendó al Servicio de Escribanía la protocolización del convenio suscrito con la Unión de Clasificadores de Residuos Urbanos Sólidos (UCRUS) con el objeto de desarrollar un programa de reconversión laboral de clasificadores y sustitución de tracción animal;

2o.) que el Coordinador Ejecutivo de la Secretaría de Empleabilidad para la Inclusión Social solicita que en esta etapa se suscriba un contrato con el Sr. Maximiliano Pereira Castro otorgándole un subsidio del 50% sobre el precio total del vehículo;

3o.) que la Intendencia de Montevideo enajena al citado señor el siguiente vehículo: triciclo marca Yumbo, modelo Cargo 125 II, año 2023, motor 156FMI8P300050, chasis LZSHCKZJ4P8016438, matrícula SND 700, padrón Nro. 903709239 del departamento de Montevideo, a nafta y cuyo valor asciende a la suma de $ 144.489,50 (pesos uruguayos ciento cuarenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y nueve con cincuenta centésimos);

4o.) que atento a lo expresado en los resultandos 2º y 3º la suma a abonar a favor de esta Intendencia asciende a la suma de $ 72.244,75 (pesos uruguayos setenta y dos mil docientos cuarenta y cuatro con setenta y cinco centésimos), que el Sr. Maximiliano Pereira Castro pagará en 24 (veinticuatro) cuotas, iguales, mensuales y consecutivas de $ 3.010,19 (pesos uruguayos tres mil diez con diecinueve centésimos), cuyo pago se efectuará a través del sistema de Gestión de Cuentas y Débitos de la Intendencia, venciendo la primera a los 30 (treinta) días de la suscripción del convenio de referencia o el día hábil inmediato siguiente, hasta su efectiva cancelación;

5o.) que además la Intendencia hace entrega por única vez al Sr. Maximiliano Pereira Castro, 1 (un) celular marca Samsung, modelo Galaxy A03 Core, Imei Nro. 350184796755229 e Imei Nro. 350961246755226;

6o.) que la Unidad de Convenios y Asesoría Legal elevó el contrato de referencia a suscribirse con el citado señor;

7o.) que oportunamente por Resolución Nº 0809/23 de fecha 13 de febrero del 2023, se aprobó el texto base del acuerdo que se pretende suscribir y se delegó en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de firmar los futuros convenios que se suscriban de acuerdo al referido texto, y en consecuencia se dispuso exceptuar las actuaciones correspondientes del cumplimiento de lo dispuesto por Resolución Nº 3272/05 y sus modificativas Nº 4020/05 y 1720/07, por lo cual ellas quedarán sometidas al contralor que respecto a la adecuación del contrato modelo efectúe el Departamento de Desarrollo Social a través de sus asesores jurídicos;

8o.) que la División Políticas Sociales se manifiesta de conformidad;

                 CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social entiende pertinente su aprobación en el sentido indicado;

2o.) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el artículo 280 de la Constitución de la República;

LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- Aprobar el texto del contrato de compraventa a suscribirse entre el Sr. Maximiliano Pereira Castro, titular de la cédula de identidad Nro. 4.639.022-7 y esta Intendencia, en el marco del "Programa Recuperadores Urbanos PRU" -hoy Proyecto Motocarros-, en los siguientes términos:

COMPRAVENTA - En la ciudad de Montevideo, el día .................... de .................... de dos mil ...................., comparecen:

POR UNA PARTE: La Intendencia de Montevideo en adelante la IdeM, inscripta en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva con el Nº 211763350018, representada en este acto por el/la Sr/Sra. .................... en su calidad de ...................., con domicilio en la Avda. 18 de Julio Nº 1360 de esta ciudad.-

Y POR OTRA PARTE: El Sr. Maximiliano Pereira Castro en adelante el adquirente, titular de la cédula de identidad Nº 4.639.022-7, con domicilio en la calle Felipe Cardozo Nº 2500, entre calles Chacarita de los padres y Susana Pintos de esta ciudad, quienes acuerdan la celebración del presente contrato de compraventa en los siguientes términos:

PRIMERO: La IdeM ha celebrado un convenio con la Unión de Clasificadores de Residuos Urbanos Sólidos (UCRUS), organización de carácter gremial que reúne a personas que trabajan en la clasificación de residuos urbanos susceptibles de reciclaje y revalorización económica, con el objeto de representar, promover y defender sus intereses, y procurar una mejora de sus condiciones laborales que les posibiliten modos de vida dignos. La IdeM, en atención a los cometidos a su cargo legalmente establecidos en el artículo 35, numeral 24, literal E) de la Ley Nº 9.515 del 28 de octubre de 1935 (Ley Orgánica de los Gobiernos Departamentales), impulsa el desarrollo, en coordinación con UCRUS, de un programa de reconversión laboral de clasificadores y sustitución de tracción animal, y en el marco del mismo un proyecto que ha dado de llamarse "Programa de Recuperadores Urbanos (PRU)", en el que participan personas que actualmente tienen su medio de vida en la recolección de residuos, su selección y clasificación para posterior venta. En diciembre del año 2017 se puso en marcha la primera etapa del PRU -hoy Proyecto Motocarros- el que en virtud del positivo impacto social que ha tenido ha dado lugar a posteriores ediciones, realizándose en esta oportunidad una nueva etapa.-

SEGUNDO: La IdeM vende libre de obligaciones y gravámenes, a el Sr. Maximiliano Pereira Castro, quien en tal concepto adquiere, la propiedad y posesión del siguiente vehículo: triciclo marca Yumbo, modelo Cargo 125 II, año 2023, motor 156FMI8P300050, chasis LZSHCKZJ4P8016438, matrícula SND 700, padrón Nro. 903709239 del departamento de Montevideo, a nafta.-

TERCERO: El precio de esta compraventa asciende a la suma de $ 72.244,75 (pesos uruguayos setenta y dos mil docientos cuarenta y cuatro con setenta y cinco centésimos), que el adquirente abonará a la IdeM en 24 (veinticuatro) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de $ 3.010,19 (pesos uruguayos tresmil diez con diecinuevecentésimos) cada una de ellas, quese abonarán a través del sistema de Gestión de Cuentas y Débitos de la IdeM, venciendo la primera a los 30 (treinta) días de la suscripción del presente o el día hábil inmediato siguiente, hasta su efectiva cancelación.-

CUARTO: El vehículo referido en la cláusula segunda quedará afectado a la realización de actividades vinculadas a la gestión de residuos urbanos; no pudiendo ser afectado por ninguna otra tarea vinculada a la recolección o clasificación de residuos. Sin perjuicio de ese destino principal, el recuperador urbano/a podrá hacer uso del motocarro de su propiedad en otras actividades de carácter laboral o recreativo.-

QUINTO: La IdeM confirma a el adquirente en la posesión del vehículo descrito en la cláusula segunda de este contrato, que toma en este acto.-

SEXTO: Se conviene expresamente la indivisibilidad del objeto de las obligaciones aunque por su naturaleza no lo sean.-

SÉPTIMO: Asimismo, en este acto la IdeM hace entrega a título de donación y por única vez al Sr. Maximiliano Pereira Castro, 1 (un) celular marca Samsung, modelo Galaxy A03 Core, Imei Nro 350184796755229 e Imei Nro. 350961246755226, elementos de seguridad (un casco, un chaleco reflectivo, un par de guantes), herramientas de trabajo (un cono, una pala, un escobillón), indumentaria de trabajo (dos remeras, un buzo polar, una parka, un pantalón y un par de zapatos), y ploteo de lona del vehículo, quien en tal concepto acepta y recibe de conformidad.-

OCTAVO: La mora por incumplimiento de las obligaciones resultantes de este contrato se producirá de pleno derecho, por la sola realización u omisión de cualquier acto contrario a lo estipulado.-

NOVENO: El incumplimiento de todas o cualquiera de las obligaciones a cargo de el adquiriente dará lugar al inicio, previa constatación, de los tramites tendientes a la rescisión de este contrato por la IdeM, que podrá exigir la restitución inmediata del bien. Se considerará que se ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión cuando notificada por escrito de su constatación, el adquiriente no lo rectificara a satisfacción de la otra parte dentro del plazo de 10 (diez) días siguientes, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación.-

DÉCIMO: Las partes constituyen como domicilios especiales a todos los efectos judiciales o extrajudiciales de este contrato, a los denunciados como respectivamente suyos en la comparecencia.-

DÉCIMO-PRIMERO: Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que de certeza de su realización. En prueba de conformidad se firman 2 (dos) ejemplares de idéntico tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-

2.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General, de Recursos Financieros y de Desarrollo Social, a las Divisiones de Políticas Sociales y de Asesoría Jurídica, al Servicio de Escribanía, a la Unidad de Convenios y Asesoría Legal, a las Unidades Central de Auditoría Interna y Central de Presupuesto, a la Unidad de Gestión Presupuestal y pase por su orden a la Unidad Contralor de Liquidaciones de Convenios, Compensaciones y Garantías (para su conocimiento) y a la Secretaría de Empleabilidad para la Inclusión Social a sus efectos.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-