Resolución N° 345/17/2000
Nro de Expediente:
2017-2230-98-000847
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
25/5/2017


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerado al "Colegio J.M. Blanes S.R.L." del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales respecto del inmueble de su propiedad padrón No. 99367, ubicado en Av. Dr. Luis Alberto de Herrera No. 4611 , por los ejercicios 2016 a 2020 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 113.616,00.-

Montevideo, 25 de Mayo de 2017.-
 
        VISTO: la gestión del "Colegio J.M. Blanes S.R.L." por la que solicita exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 99367, ubicado en Av. Dr. Luis Alberto de Herrera No. 4611;
        RESULTANDO: 1o.) que el gestionante fue beneficiado con la franquicia fiscal en anterior oportunidad, según Resolución No. 3244/16 de 25/07/2016, por el ejercicio 2015;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que la gestionante cumple con los requisitos exigidos por el Art. 69 de la Constitución de la República, por lo que corresponde otorgar al referido padrón la exoneración del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales por los ejercicios 2016 a 2020, dejando de percibir anualmente esta Intendencia la suma aproximada de $ 113.616,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo informado por el Servicio de Ingresos Inmobiliarios;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3250/15 de 9 de julio de 2015, el Intendente de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de

        conceder exoneraciones tributarias a instituciones culturales y de enseñanza privada;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al "Colegio J.M. Blanes S.R.L." al amparo del Art. 69 de la Constitución de la República, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales respecto del inmueble de su propiedad padrón No. 99367, ubicado en Av. Dr. Luis Alberto de Herrera No. 4611 , por los ejercicios 2016 a 2020 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 113.616,00 (pesos uruguayos ciento trece mil seiscientos dieciséis).-
        2o.- En caso de modificarse algunas de las condiciones que permiten el otorgamiento de la exoneración, inmediatamente cesará el beneficio fiscal, estando obligado el beneficiario a comunicarlo a esta Intendencia.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para notificación del interesado y demás efectos.-

Ec. Juan Voelker, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-