Resolución N° 678/04/2000
Nro de Expediente:
8961-010376-03
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
18/6/2004


Tema:
FALLO-TRIBUNAL DE QUITAS ESPERAS

Resumen:
No hacer lugar a lo solicitado por la Sra. Marta Medina, por no ajustarse a derecho.

Montevideo, 18 de Junio de 2004.-
 
        VISTO: lo dispuesto por el Decreto No. 30.044 promulgado por Resolución No. 3420/02 de 2 de setiembre de 2002 y su reglamentación aprobada por Resolución No. 2042/03 del 30 de mayo del 2003;
        RESULTANDO: que el Tribunal de Quitas y Esperas expresa que la situación planteada en estas actuaciones no se encuentra amparada en las atribuciones del Tribunal, ya que tiene deuda de Tasa General Municipal con convenio hecho en base al Decreto No. 30.444 por lo que no puede otorgarse otro beneficio;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 4151/03 de 9 de octubre de 2003 el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de dictar las Resoluciones denegatorias de las solicitudes presentadas por los contribuyentes;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- No hacer lugar a lo solicitado por la contribuyente que a continuación se detalla, por no ajustarse a derecho:
        Nombre Dirección Padrón
        Marta Medina Pasteur 4815 48236
        2o.- Comuníquese a los Servicios de Gestión de Contribuyentes, de Ingresos Inmobiliarios y Administración de Saneamiento, al Nodo Informático del Departamento de Recursos Financieros y pase por su orden al Sector Despacho del Departamento de Recursos Financieros para realizar a través del Servicio Central de Inspección General la notificación a la interesada y al Departamento de Recursos Financieros.-

CR. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-