Resolución N° 94/02/2000
Nro de Expediente:
2200-004468-01
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
22/1/2002


Tema:
EXONERACIONES - MULTAS Y RECARGOS

Resumen:
Se declara exonerado al señor Luis Alberto Bracco Guidice, del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto de Tasa General Municipal respecto del inmueble de su propiedad padrón rural No. 38.970, actualizándose la deuda por el IPC, al amparo del artículo 25 del Decreto No. 27.803 del 5 de noviembre de 1997-

Montevideo, 22 de Enero de 2002.-
 
        VISTO: la gestión del señor Luis Alberto Bracco Guidice, solicitando exoneración de pago de multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto de Tasa General Municipal que grava al inmueble de su propiedad padrón rural No. 38.970, ubicado en Camino Las Tropas s/n;
        RESULTANDO: 1o.) que el gestionante expresa que nunca recibió comunicación de deuda, ya que su vivienda no tiene No. de puerta, teniendo como único acceso a una vía de tránsito la Ruta Nacional No. 5. Incluso la correspondencia la recibe a través de la Seccional No. 19a.;
        2o.) que el Servicio de Gestión Integrada de Cobro informa que por dicho padrón, para la Contribución Inmobiliaria, tenía como dirección de envío la de esta Comuna y para la Tasa General Municipal, la dirección de envió era Camino Las Tropas No. 1600, por lo que la factura de referencia nunca llegó a destino;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección de la División Administración Fiscal labró un Acta el 14 de diciembre de 2001 con el señor Bracco Guidice, el la cual se manifiesta que el gestionante no tiene familia en Montevideo, no puede proporcionar dirección de envío de facturas, hecho por el cual concurre anualmente a esta Intendencia a retirar las mismas; que tratándose de un buen pagador (con atrasos en algún, caso imputables a información errónea suministrada por los servicios telefónicos de la Intendencia), solicita que se le exima de las multas y recargos por concepto de Tasa General Municipal desde el año 1997 hasta el año 2001;
        2o.) que por lo expuesto procede exonerar del pago de multa y recargos a la deuda de Tasa General Municipal de la cuenta corriente No. 2190679, por el período 1 de enero de 1997 al 31 de agosto de 2001, actualizando la deuda por IPC, dispuesta en el artículo 25 del Decreto No. 27.803 del 5 de noviembre de 1997;
        3o.) que el Director General del Departamento de Recursos Financieros comparte lo informado precedentemente;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al señor Luis Alberto Bracco Guidice, del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto de Tasa General Municipal respecto del inmueble de su propiedad padrón rural No. 38.970, actualizándose la deuda por el IPC, al amparo del artículo 25 del Decreto No. 27.803 del 5 de noviembre de 1997-
        2o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado o celebrar convenio de pago. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        3o.- Pase por su orden al Servicio de Ingresos Inmobiliarios y al Servicio de Gestión de Contribuyentes.-

Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-