Resolución N° 681/05/2000
Nro de Expediente:
8961-013506-04
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
6/6/2005


Tema:
EXONERACIONES - MULTAS Y RECARGOS

Resumen:
Se exonera de multa y recargos y se aplica el IPC a la Cuenta Corriente No. 2240355 (Tasa General Municipal) que grava al "Edificio Rodas" padrón No. 31.274, ubicado en la calle Dr. José Scosería No. 2915 de acuerdo a lo establecido en el Art. 25 del Decreto No. 27.803.-


Montevideo, 6 de Junio de 2005.-
 
        VISTO: la gestión de la Administración del "Edificio Rodas" padrón No. 31.274, ubicado en la calle Dr. José Scosería No. 2915, solicitando el estudio de su situación tributaria, respecto a la Tasa General Municipal;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante expresa que nunca fueron notificados de la deuda originada en el padrón matriz antes de su incorporación al régimen de propiedad horizontal, durante 10 años, por lo que entiende no corresponde multa y recargos;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que la deuda original del inmueble padrón matriz No. 31.274 no fue notificada a las unidades en los recibos de Contribución Inmobiliaria, ni se realizó en todo el período de deuda hasta la fecha, gestión de cobro a través del Servicio de Gestión de Contribuyentes. Por lo expuesto se entiende que se ha incurrido en un error imputable a la Administración, por lo que corresponde aplicar el Art. 25 del Decreto No. 27.803, suprimiendo multa y recargos por mora, actualizando la deuda por el IPC;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección de la División Administración Fiscal estima que al constatarse que no se realizaron las acciones de cobro en el Servicio de Gestión de Contribuyentes, ni avisado a los propietarios en el recibo de Contribución Inmobiliaria procede la exoneración de multa y recargos y la aplicación del Art. 25 del Decreto No. 27.803;
        2o.) que el Director General del Departamento de Recursos Financieros provee de conformidad;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE
        RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Exonerar de multa y recargos y aplicar el IPC a la Cuenta Corriente No. 2240355 (Tasa General Municipal) que grava al "Edificio Rodas" padrón No. 31.274, ubicado en la calle Dr. José Scosería No. 2915, de acuerdo a lo establecido en el Art. 25 del decreto No. 27.803.-
        2o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado o celebrar convenio de pago. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        3o.- Comuníquese al Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

CR. ENRIQUE CABRERA, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-