Resolución N° 953/04/2000
Nro de Expediente:
2230-037400-03
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
21/7/2004


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerado al Cine Universitario del Uruguay del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 8762.-

Montevideo, 21 de Julio de 2004.-
 
        VISTO: la gestión realizada por el Cine Universitario del Uruguay, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 8762, ubicado en la calle Canelones No. 1280 ;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que al mencionado padrón le corresponde una exoneración del 100%, según Resolución No. 5990/96 de 17/12/96;
        2o) que habiéndose dado cumplimiento a los requisitos previstos por la Res. 7856/88 de 13/9/88 y el Art. 448o. de la Ley No. 16.226 de 29/10/91, puede otorgarse la exoneración solicitada al amparo de lo establecido en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por los ejercicios 2003 a 2005 inclusive, por lo que la Intendencia dejará de percibir la suma aproximada de $ 76.704,00;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección de la División Administración Fiscal entiende procedente promover Resolución exonerando del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria a la gestionante, por inmueble padrón No. 8762, sito en Canelones No. 1280, por el período 2003 - 2005,
        2o.) que por Resolución No. 2472/00 de 17 de julio de 2000, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de exonerar el pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria;

        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al Cine Universitario del Uruguay del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 8762, ubicado en la calle Canelones No. 1280, según Resolución No. 5990/96 de 17/12/96.-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por los ejercicios 2003 a 2005 inclusive, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir la suma total aproximada de $ 76.704,00.-
        3o.- Al vencimiento del lapso precedentemente referido, los interesados deberán gestionar nuevamente el otorgamiento de la precitada exoneración, en caso de querer acogerse a la misma de futuro.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

CR. ALFREDO ASTI, Director General (I.) del Departamento de Recursos Financieros.-