Resolución N° 558/00/2000
Nro de Expediente:
2200-000638-00
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
30/3/2000


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Iglesia Católica Apostólica y Romana en el Uruguay - Arquidiócesis de Montevideo, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 74.477, 74.479, 62.813, 91.723, 24.872, 24.867, 130.840, 49.482, 132.697.

Montevideo, 30 de Marzo de 2000.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la Iglesia Católica Apostólica y Romana en el Uruguay - Arquidiócesis de Montevideo, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 74.477, 74.479, 62.813, 91.723, 24.872, 24.867, 130.840, 49.482, 132.697;
        RESULTANDO: que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que le corresponde a los mencionados padrones una exoneración del 100%, según Resolución No. 5990/96, al amparo de lo establecido en los Arts. 5o. y 69o. de la Constitución de la República;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Asesor Profesional del Departamento de Recursos Financieros expresa que corresponde declarar exonerada del impuesto de Contribución Inmobiliaria a la Iglesia Católica Apostólica Romana en el Uruguay - Arquidiócesis de Montevideo, a los inmuebles de su propiedad cuyos padrones, ejercicios y se detallan:
        PADRONES EJERCICIOS ART. CONST.
        74.477 93/DU/99 5o.
        74.479 93/DU/99 5o.
        62.813 93/DU/99 69o.
        91.723 93/DU/99 5o.
        24.867 93/DU/99 5o.
        24.872 93/DU/99 5o.
        130.840 93/DU/99 5o.
        49.482 93/99 5o.
        132.697 93/DU/99 5o.


        2o.) que la División Administración Fiscal entiende procedente acceder a lo solicitado;
        3o.) por Resolución No. 687/95 de 22 de febrero de 1995, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de exonerar el pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Iglesia Católica Apostólica y Romana en el Uruguay - Arquidiócesis de Montevideo, del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad cuyos padrones y ejercicios se detallan:
        PADRONES EJERCICIOS ART. CONST.
          74.477 93/DU/99 5o.
          74.479 93/DU/99 5o.
          62.813 93/DU/99 69o.
          91.723 93/DU/99 5o.
          24.867 93/DU/99 5o.
          24.872 93/DU/99 5o.
          130.840 93/DU/99 5o.
          49.482 93/99 5o.
          132.697 93/DU/99 5o.
        2o.- Al vencimiento del lapso precedentemente referido, los interesados deberán gestionar nuevamente el otorgamiento de la precitada exoneración.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. HUGO DIAZ, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-