Resolución N° 67/10/2000
Nro de Expediente:
2230-051210-09
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
5/2/2010


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerado al Instituto de las Hermanas Dominicas de la Orden Tercera, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 22.030, 77.100, 75.290, 22.045 y 22.040, al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por los ejercicios 2009 y 2010.

Montevideo, 5 de Febrero de 2010.-
 
        VISTO: la gestión del Instituto de las Hermanas Domínicas de la Orden Tercera, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 22.030, 77.100, 75.290, 22.045 y 22.040, ubicados en Avenida General Rivera No. 2257, calles Norberto Ortiz No. 3837, Saint Bois No. 5048, Palmar No. 2292 y Dr. Mario Cassinoni No. 1429, respectivamente;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que le corresponde a los mencionados padrones una exoneración del 100%, según Resolución No. 5990/96 de 17/12/96, a partir del ejercicio 2009, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 723.087,00;
        2o) que habiéndose dado cumplimiento a los requisitos previstos por la Res. 7856/88 de 13/9/88 y el Art. 448o. de la Ley No. 16.226 de 29/10/91, puede otorgarse la exoneración solicitada al amparo de lo establecido en el Art. 69o. de la Constitución de la República;
        3o.) que la División Administración de Ingresos Municipales comparte lo informado precedentemente;
        CONSIDERANDO: 1o) que corresponde acceder a la exoneración del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 22.030, 77.100, 75.290, 22.045 y 22.040, por el período 2009 a 2010 inclusive;
        2o.) que por Resolución No. 3219/05 de 13 de julio de 2005, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de conceder exoneraciones del impuesto de
        Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al Instituto de las Hermanas Dominicas de la Orden Tercera, del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 22.030, 77.100, 75.290, 22.045 y 22.040, ubicados en Avenida General Rivera No. 2257, calles Norberto Ortiz No. 3837, Saint Bois No. 5048, Palmar No. 2292 y Dr. Mario Cassinoni No. 1429, respectivamente.-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por los ejercicios 2009 y 2010, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 723.087,00.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. Enrique Cabrera, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-