Resolución N° 56/09/2000
Nro de Expediente:
1001-019149-07
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
23/1/2009


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Asociación Civil "La Educadora Uruguaya", del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad cuyos Nos. de padrón y ubicación se detallan en estas actuaciones, por los ejercicios 2006 a 2009 inclusive.-

Montevideo, 23 de Enero de 2009.-
 
        VISTO: la gestión de la Asociación Civil "La Educadora Uruguaya", solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 1.297, 1.300, 1.397, 1.398, 1.502, 27.362, 27.363, 105.003, 80.674, 80.675, 80.584 y 405.090;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ya fue beneficiada con la franquicia fiscal por los ejercicios 2003 a 2005 inclusive, según Resolución No. 5913/04 del 12 de diciembre de 2004 y por Resolución No. 3497/05 del 2 de agosto de 2005 los inmuebles padrones Nos. 1.502 por los ejercicios 2004 y 2005 y 1.300 por el ejercicio 2005;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que corresponde acceder a la exención solicitada, pues la gestionante cumple con los requisitos exigidos por el Art. 69o. de la Constitución de la República, a partir del ejercicio 2006, en el porcentaje del 100% del mencionado impuesto, por lo que la Comuna dejará de percibir la suma anual aproximada de $ 1.271.901,00;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección de la División Administración de Ingresos Municipales comparte el informe precedente;
        2o.) que por Resolución No. 3219/05 de 13 de julio de 2005, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento



        de Recursos Financieros la facultad de exonerar el pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Asociación Civil "La Educadora Uruguaya", del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad cuyos Nos. de padrón y ubicación se detallan:
        PADRON UBICACION
        1.297 Soriano No. 1473
        1.300 Dr. Javier Barrios Amorín No. 1270
        1.397 Soriano No. 1452
        1.398 Soriano No. 1472
        1.502 Canelones No. 1466
        27.362 Alejo Rosell y Rius No. 1613
        27.363 Alejo Rosell y Rius No. 1603
        105.003 Dr. Juan A. Rodríguez No. 1430
        80.674 Dr. Carlos Vaz Ferreira No. 3710
        80.675 Av. Dr. Luis Alberto de Herrera
        4.246 Ituzaingó No. 1373
        8.058 Dr. Carlos Vaz Ferreira No. 3711
        405.090 Camino José Strassener No. 2960
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por los ejercicios 2006 a 2009 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 1.271.901.-,00.-
        3o.- En caso de modificarse cualquiera de las condiciones que dan mérito a la exoneración que se otorga, es obligación del beneficiario, informar a la Intendencia Municipal de dichas modificaciones.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

SR. JOSÉ FERNANDEZ, Director General Interino del Departamento de Recursos Financieros.-