Resolución N° 59/09/2000
Nro de Expediente:
2230-161956-05
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
23/1/2009


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Asociación Civil "Iglesia Evangélica Armenia", del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad cuyos Nos. de padrón, ubicación y ejercicio se detallan en estas actuaciones;

Montevideo, 23 de Enero de 2009.-
 
      VISTO: la gestión de la Asociación Civil "Iglesia Evangélica Armenia", solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 79.196, 82.122, 69.058, 191.322 y 19.700;
      RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ha sido beneficiada con la franquicia fiscal por el ejercicio 2002, según Resolución No. 4111/02/2000 del 18 de octubre de 2002, respecto de los padrones Nos. 79.196, 191.322 y 19.700; por los ejercicios 1992 y 1998 a 2002 inclusive, según Resolución No. 645/00/2000 del 5 de abril de 2000, el padrón No. 69.058 y por los ejercicios 1992 a 1996 inclusive, según Resolución No. 3376/97 del 1o. de julio de 1997, respecto del padrón No. 82.122;
      2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que corresponde acceder a la exención solicitada, pues la gestionante cumple con los requisitos exigidos por el Art. 5o. de la Constitución de la República, en el porcentaje del 100% del mencionado impuesto, a partir del ejercicio 1997, por lo que la Comuna dejará de percibir la suma anual aproximada de $ 71.496,00;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección de la División Administración de Ingresos Municipales comparte el informe precedente;
      2o.) que por Resolución No. 3219/05 del 13 de julio de 2005, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la



      facultad de conceder exoneraciones del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
      EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
      RESUELVE:
      1o.- Declarar exonerada a la Asociación Civil "Iglesia Evangélica Armenia", del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad cuyos Nos. de padrón, ubicación y ejercicio se detallan:
      PADRON UBICACION EJERCICIO
      82.122 Dr. Luis. A. de Herrera 3790/92 1997-2006
      69.058 Asamblea 4164 2003-2007
      79.196 José A. Possolo 3876 2003-2007
      19.700 Martín García 2293 2003-2007
      191.322 Andrés Lamas 3775 2003-2007
      2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en el Art. 5o. de la Constitución de la República, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir la suma anual aproximada $ 71.496,00.-
      3o.- Al vencimiento del lapso precedentemente referido, los interesados deberán gestionar nuevamente el otorgamiento de la precitada exoneración, en caso de querer acogerse a la misma de futuro.-
      4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

SR. JOSÉ FERNANDEZ, Director General Interino del Departamento de Recursos Financieros.-