Resolución N° 7/02/2000 | Nro de Expediente:
0001-020222-00 |
RECURSOS FINANCIEROS | Fecha de Aprobación:
2/1/2002 |
Tema:
MODIFICACIONES
Resumen:
Se amplia la Res. No. 672/01/2000 de 8/6/01 estableciendo que la deuda del bimestre 9-10/98 y desde 9/99 a 8/00 se cobrará con multas y recargos hasta el 30/08/00 y luego será actualizada por el IPC, calculándose las multas y recargos al amparo del Decreto No. 29.209, ya que el contribuyente se presentó durante la vigencia del mencionado Decreto.
Montevideo, 2 de Enero de 2002.- |
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Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.- |
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