Resolución N° 6/03/2000
Nro de Expediente:
2230-000800-02
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
2/1/2003


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerado al Club Social y Deportivo Tito Frioni, al amparo del Decreto Departamental No. 25.074, del pago del 98% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 188.465, ubicado en la calle Anzani No. 1910, por los ejercicios 2001 y 2002 inclusive.

Montevideo, 2 de Enero de 2003.-
 
        VISTO: la gestión del Club Social y Deportivo Tito Frioni, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria y de la Tasa General Municipal, que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 188.465, ubicado en la calle Anzani No. 1910;
        RESULTANDO: 1º.) que el gestionante ya ha sido beneficiado con la franquicia fiscal en anteriores oportunidades siendo la última otorgada por Resolución No. 82/01/2000 de 29 de enero de 2001, por los ejercicios 1997 a 2000 inclusive;
        2º.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que a dicho padrón le corresponde la exención del pago del 98% del impuesto de Contribución Inmobiliaria de acuerdo a lo establecido por el Decreto No. 25.074 de 25/7/1991, por los ejercicios 2001 y 2002 inclusive;
        CONSIDERANDO: 1o.) que respecto de la Tasa General Municipal, la reglamentación de la Res. No. 1774/96 del 29 de abril de 1996 expresa que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios concederá las exoneraciones siguientes a la otorgada por primera vez por la Dirección General del Departamento, ante la presentación de la solicitud junto a la declaración jurada prevista;
        2o.) que habiéndose dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la normativa vigente, se está en condiciones de acceder a los beneficios fiscales solicitados;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
        FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Declarar exonerado al Club Social y Deportivo Tito Frioni, al amparo del Decreto Departamental No. 25.074 de 25 de julio de 1991, del pago del noventa y ocho por ciento (98%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 188.465, ubicado en la calle Anzani No. 1910, por los ejercicios 2001 y 2002 inclusive, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir la suma aproximada de $ 13.694,00.-
        2º.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-