Resolución N° 65/05/2000
Nro de Expediente:
2230-013722-04
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
24/1/2005


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se Declarar exonerado al Club Náutico y de Pesca Puerto del Buceo, al amparo del Decreto Departamental, del pago del 99% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 127.342, por los ejercicios 2003 y 2004 inclusive.

Montevideo, 24 de Enero de 2005.-
 
        VISTO: la gestión iniciada por el Club Náutico y de Pesca Puerto del Buceo, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria y de la Tasa General Municipal, que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 127.342, ubicado en la calle Francisco Bilbao No. 3708;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ya ha sido objeto de similar exención fiscal según Resolución No. 3046/03/2000 de 18/06/03 por concepto de pago del 99% de Contribución Inmobiliaria y del 74% de la Tasa General Municipal, por el ejercicio 2002;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que al padrón No. 127.342 le corresponde un porcentaje de exoneración del 99% por concepto de Contribución Inmobiliaria de acuerdo a lo previsto en el Decreto No. 25.074 de 25/4/91, por los ejercicios 2003 y 2004 inclusive, y respecto a la Tasa General Municipal el Servicio dictó la Resolución No. 022/2004 de 5/11/04 por la cual se declaró exonerado a dicho Club del pago del 74%, por los ejercicio 2003 a 2004 inclusive;
        CONSIDERANDO: que respecto de la Tasa General Municipal, la reglamentación de la Res. No. 1774/96 del 29 de abril de 1996 expresa que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios concederá las exoneraciones siguientes a la otorgada por primera vez por la Dirección General

        del Departamento, ante la presentación de la solicitud junto a la declaración jurada prevista;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
        FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al Club Náutico y de Pesca Puerto del Buceo, al amparo del Decreto Departamental No. 25.074 de 25 de julio de 1991, del pago del noventa y nueve por ciento (99%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 127.342, ubicado en la calle Francisco Bilbao No. 3708, por los ejercicios 2003 y 2004 inclusive, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 6.570,00.-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

CR. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-