Resolución N° 93/05/2000
Nro de Expediente:
2230-017069-03
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
9/2/2005


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerado al Centro de Investigación y Estudios Familiares del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmueble de su propiedad padrones Nos. 22.092 y 22.097, ubicados en José Enrique Rodó No. 2115 y Pablo de María No. 1366, respectivamente.-

Montevideo, 9 de Febrero de 2005.-
 
        VISTO: la gestión realizada por el Centro de Investigación y Estudios Familiares, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 22.092 y 22.097, ubicados en José E. Rodó No. 2115 y Pablo de María No. 1366, respectivamente;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que a los mencionados padrones les corresponde una exoneración del 100%, según Resolución No. 5990/96 de 17/12/96;
        2o) que habiéndose dado cumplimiento a los requisitos previstos por la Res. 7856/88 de 13/9/88 y el Art. 448o. de la Ley No. 16.226 de 29/10/91, puede otorgarse la exoneración solicitada al amparo de lo establecido en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por los ejercicios 2003 a 2007 inclusive, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 32.522,00;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección (I) de la División Administración Fiscal entiende procedente promover Resolución exonerando del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria a la gestionante, por los inmuebles padrones Nos. 22092 y 22.097 sitio en José E. Rodó No. 2115 y Pablo de María No. 1366, respectivamente, por el período 2003 a 2007;
        2o.) no obstante lo expresado en los informes precedentes, el Director General del Departamento de Recursos Financieros entiende que la exención otorgada no debe superar el período de gobierno de esta Administración;

        3o.) que por Resolución No. 2472/00 de 17 de julio de 2000, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de exonerar el pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al Centro de Investigación y Estudios Familiares del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 22.092 y 22.097, ubicados en José Enrique Rodó No. 2115 y Pablo de María No. 1366, respectivamente, según Resolución No. 5990/96 de 17/12/96.-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por los ejercicios 2003 a 2005 inclusive, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 32.522,00.-
        3o.- Al vencimiento del lapso precedentemente referido, los interesados deberán gestionar nuevamente el otorgamiento de la precitada exoneración.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

CR. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-