Resolución N° 93/14/2000
Nro de Expediente:
2230-029846-13
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
6/3/2014


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Asociación Civil Obra Kolping, del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 165.118 ubicado en Bvar. Artigas No. 2726 por el período 2012 a 2016 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma proximada $ 26.562,00.

Montevideo, 6 de Marzo de 2014.-
 
        VISTO: la gestión de la Asociación Civil Obra Kolping solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 165.118 ubicado en Bvar. Artigas No. 2726;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que la gestionante cumple con los requisitos exigidos por el Art. 69o. de la Constitución de la República, por lo que corresponde otorgar la exención del 100% del referido impuesto, por el período 2012 a 2016, dejando de percibir esta Intendencia anualmente la suma aproximada de $ 26.562,00;
        2o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo informado por el Servicio de Ingresos Inmobiliarios;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3079/10 de 12 de julio de 2010, la Intendenta de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de conceder exoneraciones tributarias a instituciones culturales y de enseñanza privada;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Asociación Civil Obra Kolping, del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 165.118 ubicado en Bvar. Artigas No. 2726.-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por el período 2012 a 2016 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma proximada de pesos uruguayos veintiseis mil quinientos sesenta y dos ($ 26.562,00).-
        3o.- En caso de modificarse cualquiera de las condiciones que dan mérito a la exoneración que se otorga, es obligación del beneficiario, informar a la Intendencia de dichas modificaciones.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Ec. Arturo Echevarría, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-