Resolución N° 579/99/2000
Nro de Expediente:
99051
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
4/3/1999


Tema:
MULTAS

Resumen:
Multa Propaganda, Art. D. 2397 a nombre de la firma SEAGRAM DEL URUGUAY S.A., RUC 211254650013, ubicada en 18 de Julio No. 1528 piso 12 y 13. Propaganda fuera de sede en Cufré No. 2049.

Montevideo, 4 de Marzo de 1999.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionada con infracciones al Art. D. 2397 del Digesto Municipal, al colocar propaganda sin el permiso respectivo;
        RESULTANDO: 1o.) que el Decreto No. 23.708 promulgado por Resolución No. 8752/87 faculta a esta Comuna a fijar en U.R. los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Comerciales sugiere la aplicación de una multa por contravenir las disposiciones vigentes;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 581/95 de 20 de febrero de 1995, el Intendente Municipal de Montevideo, delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de aplicar multas;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
        FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Aplicar a la firma SEAGRAM DEL URUGUAY S.A., RUC 211254650013, ubicada en 18 de Julio No. 1528 piso 12 y 13, una multa de UNIDADES REAJUSTABLES VEINTIDOS CON CINCUENTA (U.R. 22,50), por contravenir lo establecido en el Artículo D. 2397 del Digesto Municipal al colocar propaganda fuera de sede en Cufré No. 2049 sin el permiso respectivo.-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Comerciales para su cumplimiento.-

Cr. HUGO DIAZ, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-