Resolución N° 98/12/2000
Nro de Expediente:
2230-073966-10
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
24/1/2012


Tema:
MODIFICACIONES

Resumen:
Se modifica el numeral 2o.- de la Resolución Nº 837/11/2000 de 1º de setiembre de 2011, estableciendo que la exoneración otorgada es al amparo de lo establecido en el Art. 5º de la Constitución de la República.

Montevideo, 24 de Enero de 2012.-
 
        VISTO: que por Resolución Nº 837/11/2000 de 1º de setiembre de 2011 se declaro exonerada a la Corporación del Presidente de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nºs. 173.929, 21.872, 182.593, 74.075, 66.901, 404.487, 61.738, 57.604, 24.327, 57.686, 73.354, 60.105, 7.077 y 409.936 por los ejercicios 2010 a 2014 inclusive y rubros que corresponda por la reliquidación del padrón No. 173.929, por el período 01/01/2010 al 30/04/2010 en un porcentaje del cien por ciento (100%).;
        RESULTANDO: 1o.) que en el Numeral 2o.- de la referida Resolución se establece que la exoneración otorgada es amparo de lo establecido en el Art. 69º de la Constitución de la República ;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que correspondería la modificación de la referida resolución, ya que se padeció error en el informe de fs. 19, correspondiendo que la exoneración sea otorgada al amparo de lo establecido en el Art. 5º de la Constitución de la República;
        3o.) que la División Administración de Ingresos informa que corresponde considerar el dictado de la resolución que modifique el numeral 2o.- de la Resolución Nº 837/11/2000 estableciendo que la exoneración otorgada a la Corporación del Presidente de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días, es al amparo de lo establecido en el Art. 5º de la Constitución de la República;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3079/10 de 12 de julio de 2010, la señora Intendenta de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de exonerar el pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Modificar el numeral 2o.- de la Resolución Nº 837/11/2000 de 1º de setiembre de 2011, estableciendo que la exoneración otorgada es al amparo de lo establecido en el Art. 5º de la Constitución de la República.-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Ec. Arturo Echevarría, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-