Resolución N° 563/14/2000
Nro de Expediente:
2230-060191-13
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
15/7/2014


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Asociación Civil "Misioneras de Cristo Resucitado", al amparo de lo previsto en el Art. 69 de la Constitución de la República, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 55.695, ubicado en la Avda. Joaquín Suárez No. 3278, por el período 2010 a 2014 inclusive, dejando de percibir anualmente esta Intendencia la suma aproximada de $ 52.950,00.

Montevideo, 15 de Julio de 2014.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la Asociación Civil "Misioneras de Cristo Resucitado"solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 55.695, ubicado en Avda. Joaquín Suárez No. 3278;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que se ha dado cumplimiento a los requisitos previstos por el Art. 69 de la Constitución de la República, sugiriendo promover Resolución declarando la exoneración del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales respecto al inmueble padrón No. 55.695, por el período 2010 a 2014, dejando de percibir anualmente la Intendencia la suma aproximada de $ 52.950,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo informado precedentemente;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3079/10 de 12 de julio de 2010, la Intendenta de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de conceder exoneraciones tributarias a templos religiosos;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Asociación Civil "Misioneras de Cristo Resucitado", al amparo de lo previsto en el Art. 69 de la Constitución de la República, del pago del 100% (cien por ciento) del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 55.695, ubicado en la Avda. Joaquín Suárez No. 3278, por el período 2010 a 2014 inclusive, dejando de percibir anualmente esta Intendencia la suma aproximada de $ 52.950,00 (pesos uruguayos cincuenta y dos mil novecientos cincuenta).-
        2o.- En caso de modificarse alguna de las condiciones que permiten su otorgamiento, inmediatamente cesará el beneficio fiscal, estando obligado el beneficiario a comunicarlo a esta Intendencia.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para notificación del interesado y demás efectos.-

Ec. Arturo Echevarría, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-