Resolución N° 93/11/2000
Nro de Expediente:
2230-017652-10
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
26/1/2011


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Asociación de Estudiantes y Profesionales Católicos, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y adicionales que gravan al inmueble de su propiedad padrón No. 55.641, amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por los ejercicios 2010 a 2014 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 55.641,00.

Montevideo, 26 de Enero de 2011.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la Asociación de Estudiantes y Profesionales Católicos, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 22.560, ubicado en Bvar. Artigas No. 1273;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ya ha sido beneficiada con la franquicia fiscal por los ejercicios 2008 y 2009 según Resolución No. 88/09/2000 del 29 de enero de 2009;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que corresponde acceder a la exención de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria y adicionales, pues la gestionante cumple con los requisitos exigidos por el Art. 69o. de la Constitución de la República, en el porcentaje del 100% del mencionado impuesto, por los ejercicios 2010 a 2014 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 55.641,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos comparte el informe precedente;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3079/10 de 12 de julio de 2010, la señora Intendenta de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de exonerar el pago del impuesto de Contribución

        Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Asociación de Estudiantes y Profesionales Católicos, del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria y adicionales que gravan al inmueble de su propiedad padrón No. 55.641, ubicado en l Bvar. Artigas No. 1273.-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por los ejercicios 2010 a 2014 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 55.641,00.-
        3o.- En caso de modificarse cualquiera de las condiciones que dan mérito a la exoneración que se otorga, es obligación del beneficiario, informar a esta Intendencia de dichas modificaciones.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Ec. ARTURO ECHEVARRÍA, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-