Resolución N° 8/09/6000
Nro de Expediente:
6400-001031-07 6400-001293-07
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
21/1/2009


Tema:
VIGENCIAS

Resumen:
Autorizar desde el punto de vista urbanístico y de acuerdo a lo dispuesto por los Art. D.8: y D.40. (modificación cualificada) del Decreto Nº 28242 "Plan Montevideo", la construcción de un edificio de viviendas en altura en propiedad horizontal en el predio empadronado con el Nº 96783, ubicado con frente a Bvar. Artigas Nº 2850, esquina Avda. Ponce y Avda. Brasil.-

Montevideo, 21 de Enero de 2009.-
 
          VISTO: el presente trámite en consulta presentado para el bien inmueble empadronado con el Nº 96783, relacionado con el proyecto "Edificio Torre de Montevideo", ubicado en Bvar. Artigas Nº 2850, esquina Avda. Ponce y Avda. Brasil;
          RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 1937/08 de fecha 5 de mayo de 2008, se solicitó la correspondiente anuencia a la Junta Departamental de Montevideo la que fue otorgada por el Decreto Nº 32760 de fecha 27 de noviembre de 2008;
          2º) que por Resolución Nº 5485/08 de fecha 15 de diciembre de 2008, se promulgó el Decreto antedicho pasándose estas actuaciones al Departamento de Planificación;
          CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3218/05 de fecha 13 de julio de 2005, se delegó en el Director General del Departamento de Planificación la facultad de dictar Resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante Decretos que oportunamente se hubieran promulgado por este Ejecutivo;
          EL DIRECTOR GENERAL DEL
          DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN
          EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
          RESUELVE:
          1º- Autorizar desde el punto de vista urbanístico y de acuerdo a lo dispuesto por los Art. D.8: y D.40. (modificación cualificada) del Decreto Nº 28242 "Plan Montevideo", la construcción de un edificio de viviendas en altura en propiedad horizontal en el predio empadronado con el Nº 96783, ubicado con frente a Bvar. Artigas Nº 2850, esquina Avda. Ponce y Avda. Brasil, según gráficos adjuntos al expediente Nº 6400-001031-07.-
          2º- Establecer que los solicitantes deberán realizar los trámites tendientes a la obtención del permiso ante el Servicio de Contralor de la Edificación, correspondiendo el pago por concepto de precio compensatorio por mayor aprovechamiento, siendo el monto global de $ 196:928.774 (pesos uruguayos ciento noventa y seis millones novecientos veintiocho mil setecientos setenta y cuatro), según las modalidades establecidas en la Resolución Nº 1066/07 del 26 de marzo de 2007.-
          3º- Comuníquese a los Departamentos de Descentralización y Acondicionamiento Urbano, a la División Región Centro, a los Servicios C.C.Z. Nº 5, de Catastro y Avalúo y de Contralor de la Edificación, al Plan de Ordenamiento Territorial, a la Junta Local Nº 5 y pase a la División Planificación Territorial.-

Quim. JULIO BATTISTONI, Director General del Departamento de Planificación..-