Resolución N° 3351/01
Nro de Expediente:
3110-002040-01
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
10/9/2001


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se concede el uso, con carácter precario, el uso del predio municipal ubicado en la Rambla Mahatma Gandhi y la costa, entre las calles García Cortinas y Parva Domus, a la Liga Uruguaya de Football Americano y al Club Champagnat Rugby, en las condiciones que se indican.-

Montevideo, 10 de Setiembre de 2001.-
 
          VISTO: la gestión promovida por la Liga Uruguaya de Football Americano, tendiente a obtener el usufructo del predio de propiedad municipal, ubicado en la Rambla Mahatma Gandhi y la calle García Cortinas, para la práctica de actividades deportivas en los días y horarios que establece en su escrito de petición;
          RESULTANDO: 1o.) que por Resolución No. 2327/89, de 30/5/89, se dispuso ceder exclusivamente los días sábado, domingo y feriados, el uso, con carácter precario y revocable, al Club Champagnat Rugby, del predio de que se trata, ubicado en la Rambla Mahatma Gandhi entre las calles García Cortinas y Parva Domus, a fin de destinarlo a la práctica de rugby, sujeto a que: a) el área será destinada exclusivamente a los fines señalados por el gestionante; b) el usuario tendrá a su cargo la higiene y conservación del predio debiendo mantenerlo libre de intrusos; c) no se realizarán construcciones de ninguna especie; d) no se emplazará ningún elemento que entorpezca las visuales sobre la rambla en dirección a la costa; e) el público en general tendrá libre acceso; y f) el incumplimiento de cualesquiera de las precitadas condiciones dará lugar a la revocación de la presente cesión de uso;
          2o.) que el 22 de junio del año en curso, la Comisión de Educación Física, Deportes y Recreación informa que acordó con representantes del Club Champagnat Rugby y la Liga Uruguaya de Football Americano, ambas con personería jurídica, estableciéndose que el predio de referencia será destinado para uso de entrenamientos y partidos oficiales de ambos deportes, determinándose para ello horarios que marquen la responsabilidad de dichas instituciones, ante mal o buen uso del mismo;
          3o.) que en tal sentido la Liga de Football. Americano se responsabiliza por el uso del predio los días sábado de 13:00 a 22:00 y domingo de 10:00 a 22:00, con el siguiente calendario: enero a junio: Torneo Preparación y amistosos internacional;es; julio y agosto: Pre-Temporada; setiembre a diciembre: Temporada Oficial y en los días que no haya actividad oficial, los equipos realizarán prácticas y entrenamientos;
          4o.) que por su parte el Club Champagnat Rugby plantea el uso del Campo de Juego los sábados de 10:00 a 13:00 y martes, miércoles, jueves y viernes de 18:00 a 22:30;
          5o.) que el 23 de agosto del presente año, la Comisión Especial Mixta creada por el Decreto Departamental No. 26.208 e integrada por Resolución No. 3117/00, de 1o./9/00, luego de estudiar la solicitud formulada por la Liga Uruguaya de Football Americano y considerar lo dispuesto en la citada Resolución No. 2327/89, de 30/8/89 y lo actuado por la Comisión de Educación Física, Deportes y Recreación, informa que entiende que deberían mantener vigencia las condicionantes al uso del predio determinadas por dicha resolución, responsabilizando conjuntamente a ambas instituciones y modificando puntualmente los siguientes incisos:
          a) El área se destinará exclusivamente para la práctica deportiva de ambas instituciones;
          e) El público en general tendrá libre acceso, condicionado al uso del espacio deportivo en los siguientes horarios:
          Liga Uruguaya de Football Americano hará uso del campo de juego los días: sábado de 13:00 a 22:00 horas; y Domingo de 10:00 a 22:00 horas;
          Club Champagnat Rugby hará uso del campo de juego los días: sábado de 10:00 a 13:00 horas y de martes a viernes de 18:00 a 22:30 horas;
          6o.) que en ese sentido promueve el dictado de resolución favorable a ceder el uso con carácter precario y revocable al Club Champagnat Rugby y a la Liga Uruguaya de Football americano del predio ubicado entre la Rambla Mahatma Gandhi y la costa, entre las calles García Cortinas y Parva Domus, encomendando a la Comisión de Educación Física, Deportes y Recreación y a la Junta Local de la Zona No. 5, en forma coordinada, el seguimiento de las condiciones señaladas
          CONSIDERANDO: que se estima pertinente dictar resolución en el sentido indicado;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. Dejar sin efecto la Resolución No. 2327/89, de 30 de mayo de 1989.-
          2. Ceder el uso, con carácter precario y revocable, del predio de propiedad municipal ubicado en la Rambla Mahatma Gandhi y la costa, entre las calles García Cortinas y Parva Domus al Club Champagnat Rugby y a la Liga Uruguaya de Football Americano, en los siguientes días y horarios:
          Club Champagnat Rugby: Sábados de 10:00 a 13:00 y de Martes a Viernes de 18:00 a 22:30.
          Liga Uruguaya de Football Americano: Sábados de 13:00 a 22:00 y Domingos de 10:00 a 22:00.-
          3. La cesión de uso que se otorga por el numeral anterior estará sujeta al cumplimiento de las siguientes condiciones: a) El área se destinará exclusivamente para la práctica deportiva de ambas instituciones. b) los usuarios tendrán a su cargo la higiene y conservación del predio debiendo mantenerlo libre de intrusos. c) no se realizarán construcciones de ninguna especie. d) no se emplazará ningún elemento que entorpezca las visuales sobre la rambla en dirección a la costa; e) el público en general tendrá libre acceso, condicionado al uso del espacio deportivo en los horarios indicados en el numeral anterior. f) el incumplimiento de cualesquiera de las precitadas condiciones dará lugar a la revocación de la presente cesión de uso.-
          4. Encomendar a la Comisión de Educación Física, Deportes y Recreación y a la Junta Local de la Zona No. 5, el seguimiento de las condiciones establecidas, en forma coordinada.-
          5. Comuníquese a la División Espacios Públicos y Edificaciones, a la Junta Local de la Zona No. 5, a la Comisión de Educación Física, Deportes y Recreación y pase a la Unidad de Comisiones.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-