Resolución N° 699/07/4000
Nro de Expediente:
4001-003295-07
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
14/9/2007


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Autorizar al Sr. Daniel García el uso del espacio público ubicado en la calle Pbto. José R. Porto entre Cno. Maldonado y Dr. Alfonso Frangella, para la instalación de juegos mecánicos infantiles, desde la fecha hasta el 20/X/2007, de lunes a viernes de 17:00 a 21:00 y sábados y domingos del 14:00 a 21:00 horas.-

Montevideo, 14 de Setiembre de 2007.-
 
        VISTO: la solicitud del Sr. Daniel García, propietario de la empresa "Estrella Park" para que se le conceda el uso del espacio público ubicado en la calle Pbto. José R. Porto entre Cno. Maldonado y Dr. Frangella, para llevar a cabo la instalación de juegos mecánicos infantiles desde la fecha y hasta el 20/X/2007, de lunes a viernes de 17:00 a 21:00 horas y sábados, domingos y feriados de 14:00 a 21:00 horas;
        RESULTANDO: 1º) que la Secretaría de la Junta Local de la Zona Nº 9 presta su conformidad, ya que el solicitante entregará en contraprestación 2000 entradas, las que serán repartidas a través del Area Social, a los niños carenciados de la zona, y agrega que en los días que se instale este Parque de Diversiones, en el mismo se difundirá y promocionará la segunda etapa del Presupuesto Participativo de cara a las elecciones que se llevarán a cabo el próximo 28 de octubre;
        2º) que la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones no tiene objeciones que oponer a la solicitud planteada, el gestionante se obliga a) cumplir con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado y de la normativa que regula la realización de espectáculos públicos, así como el horario autorizado, tomando todas las medidas necesarias para que no se ponga en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los allí presentes, siendo el único responsable de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; b) responsabilizarse de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en el mismo estado en que lo recibe y correctas condiciones de higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, y demás instalaciones del espacio, tanto de superficie, aéreo o subterráneo, prohibiéndosele terminantemente hacer uso de árboles u ornamentos para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles y que los decibeles del equipo de amplificación sonora en caso de utilizarse deberá ajustarse a la normativa vigente; c) solicitar y presentar previo a la puesta en funcionamiento de los juegos en el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9, la documentación que acredite que los juegos mecánicos se encuentren habilitados por el S.I.M.E., así como póliza que acredite la contratación de un seguro contra daños y accidentes contra terceros, por un monto que cubra suficientemente los riesgos que tales juegos puedan producir; d) cumplir con la fecha establecida precedentemente en cuanto a la utilización del espacio públicos para el funcionamiento de los juegos; e) entregar en concepto de contraprestación a la Junta Local de la Zona Nº 9 por el uso del espacio, 2000 entradas las que serán repartidas a través del Area Social a los niños carenciados de la zona; f) cumplir con lo dispuesto en el informe de dicha Junta a fs.5 de estas actuaciones en cuanto a que en los días que se instale el Parque de Diversiones, se difundirá y promocionará la segunda etapa del Presupuesto Participativo de cara a las elecciones a llevarse a cabo el próximo 28 de octubre; g) encargarse de la seguridad del lugar en que se desarrollan todas las actividades propuestas; h) instalar baños químicos de libre acceso e i) realizar las coordinaciones correspondientes con el Servicio Central de Inspección General;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.226/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar al Sr. Daniel García, propietario de la empresa "Estrella Park" el uso del espacio público ubicado en la calle Pbto. José R. Porto entre Cno. Maldonado y Dr. Frangella, para llevar a cabo la instalación de juegos mecánicos infantiles desde la fecha y hasta el 20/X/2007, de lunes a viernes de 17:00 a 21:00 horas y sábados, domingos y feriados de 14:00 a 21:00 horas, el gestionante se obliga a) cumplir con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado y de la normativa que regula la realización de espectáculos públicos, así como el horario autorizado, tomando todas las medidas necesarias para que no se ponga en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los allí presentes, siendo el único responsable de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; b) responsabilizarse de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en el mismo estado en que lo recibe y correctas condiciones de higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, y demás instalaciones del espacio, tanto de superficie, aéreo o subterráneo, prohibiéndosele terminantemente hacer uso de árboles u ornamentos para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles y que los decibeles del equipo de amplificación sonora en caso de utilizarse deberá ajustarse a la normativa vigente; c) solicitar y presentar previo a la puesta en funcionamiento de los juegos en el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9, la documentación que acredite que los juegos mecánicos se encuentren habilitados por el S.I.M.E., así como póliza que acredite la contratación de un seguro contra daños y accidentes contra terceros, por un monto que cubra suficientemente los riesgos que tales juegos puedan producir; d) cumplir con la fecha establecida precedentemente en cuanto a la utilización del espacio públicos para el funcionamiento de los juegos; e) entregar en concepto de contraprestación a la Junta Local de la Zona Nº 9 por el uso del espacio, 2000 entradas las que serán repartidas a través del Area Social a los niños carenciados de la zona; f) cumplir con dispuesto en el informe de dicha Junta a fs.5 de estas actuaciones en cuanto a que en los días que se instale el Parque de Diversiones, se difundirá y promocionará la segunda etapa del Presupuesto Participativo de cara a las elecciones a llevarse a cabo el próximo 28 de octubre; g) encargarse de la seguridad del lugar en que se desarrollan todas las actividades propuestas; h) instalar baños químicos de libre acceso e i) realizar las coordinaciones correspondientes con el Servicio Central de Inspección General.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local de la Zona Nº 9 y al Servicio Central de Inspección General y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-