Resolución N° 709/02/4000
Nro de Expediente:
4711-001009-02
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
25/6/2002


Tema:
RESERVA DE ESPACIO PARA ESTACIONAMIENTO

Resumen:
Reserva de espacio ampliación del horario solicita Laboratorio ION S.A. en la calle Paysandú.-

Montevideo, 25 de Junio de 2002.-
 
        VISTO: la solicitud formulada por el Laboratorio ION S.A., tendiente a obtener la ampliación del horario de la reserva de espacio concedida en la calle Paysandú;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que: a) por Resolución Nº 681/96 del 20/V/96 se concedió reserva de espacio junto a la acera Norte de la calle Paysandú frente a los Nos. 1017/23, en una longitud de 14 metros, en el horario de 08.00 a 18:00 horas y b) puede accederse a lo solicitado, con carácter precario y revocable, siendo la tarifa mensual de 30,8000 U.R.;
        2°) que la interesada prestó conformidad con la tarifa dispuesta, según surge a fs. 5 vta. del expediente Nº 4711-001009-02;
        CONSIDERANDO: 1°) que la División Tránsito y Transporte comparte lo expresado, en atención a lo previsto en el Art. R.424.111, numeral 6 del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Municipal;
        2°) que por Resolución Nº 2.465/00 del 17/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de conceder reservas de espacio en la vía pública para estacionamiento de vehículos o carga y descarga de mercaderías;



        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 681/96 del 20/V/96.-
        2º.- Conceder reserva de espacio al Laboratorio ION S.A., junto a la acera Norte de la calle Paysandú frente a los Nos. 1017/23 entre Julio Herrera y Obes y Río Negro, en una longitud de 14 (catorce) metros, de lunes a viernes de 09.00 a 20:00 horas.-
        3°.- La misma tendrá carácter precario y revocable y se destinará exclusivamente para carga y descarga de mercaderías, sujeta al costo mensual de 30,8000 U.R. (treinta unidades reajustables con ocho mil diezmilésimas), dicha suma se hará efectiva en el Servicio de Ingresos Comerciales.-
        4°.- La interesada deberá comunicar por escrito cuando no tenga interés en la reserva a los efectos del cese respectivo.-
        5º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para conocimiento de la autoridad local correspondiente, a los Servicios de Vigilancia y de Ingresos Comerciales y pase al Servicio de Ingeniería de Tránsito.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-