Resolución N° 668/09/4000
Nro de Expediente:
3350-009581-09
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
28/10/2009


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Autorizar la implementación del proyecto "Arroyo Miguelete Limpio", en el espacio público ubicado en la costanera del arroyo Miguelete, en el Bvar. José Batlle y Ordóñez y la calle Silva, en el área que se describe en el plano que luce a fs. 7 de estas actuaciones, con motivo de realizar mejoras en la zona, instalando juegos gimnásticos y plantando árboles nativos, actividad que se enmarca en los Programas, Iniciativa Latinoamericano, Sinegianet y Ecoplata;

Montevideo, 28 de Octubre de 2009.-
 
        VISTO: la solicitud de Ecoplata para la utilización del espacio público ubicado en la costanera del Arroyo Miguelete, entre el Bvar. José Batlle y Ordóñez y la calle Silva, en el marco del Proyecto "Arroyo Miguelete Limpio", a los efectos de realizar mejoras en la zona, instalando juegos gimnásticos y plantando árboles nativos, actividad que se enmarca en los Programas, Iniciativa Latinoamericano, Sinegianet;
        RESULTANDO: 1º) que la Junta Local de la Zona Nº 13 presta su conformidad;
        2º) que la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones no tiene objeciones que oponer a la solicitud planteada, conforme a las condiciones detalladas a fs. 16 del expediente Nº 3350-009581-09;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.226/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar la implementación del proyecto "Arroyo Miguelete Limpio", en el espacio público ubicado en la costanera del arroyo Miguelete, en el Bvar. José Batlle y Ordóñez y la calle Silva, en el área que se describe en el plano que luce a fs. 7 de estas actuaciones, instalando juegos gimnásticos y plantando árboles nativos, actividad que se enmarca en los Programas Iniciativa Latinoamericano, Sinegianet y Ecoplata; condicionado a que deberán cumplir con las siguientes condiciones: a) con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público en el horario solicitado; b) tomar las medidas necesarias para no poner en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar, quedando la Intendencia exonerada de toda responsabilidad; c) responsabilizarse de todo deterioro que se produzca en dicho predio como consecuencia de la actividad programada, debiendo restituirlo en correctas condiciones de higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan tanto a nivel de superficie o subterráneas; d) no utilizar los árboles, columnas de alumbrado público u ornamentos para la instalación de equipo sonoro, luminarias o carteles de cualquier tipo; e) en caso de utilizar equipo de amplificación, los decibeles deberán ajustarse a la normativa vigente; f) tomar las medidas necesarias para una circulación peatonal segura en la zona donde se realiza la actividad y g) realizar las coordinaciones correspondientes con los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 13 y Central de Inspección General.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local de la Zona Nº 13 y al Servicio Central de Inspección General y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-