Resolución N°
Nro de Expediente:
4114-003012-98
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
14/1/1999


Tema:
FINCA RUINOSA

Resumen:
Desafectar calidad ruinosa construcciones Avda. Dr. Gonzalo Ramírez Nº 1888

Montevideo, 14 de Enero de 1999.-
 
        VISTO: que por Resolución Nº 111.695 del 14/VI/78 se declaró ruinosa las construcciones existentes en el apto. 1de la finca ubicada con frente a la Avda. Dr. Gonzalo Ramírez Nº 1888;
        RESULTANDO: 1º) que por inspección técnica practicada por la Sección Seguridad Edilicia del 19/XI798 se constató que la finca fue remodelada, presentando condiciones de estabilidad y habitabilidad;
        2º) que el Servicio de Contralor de Edificaciones aconseja desafectarla de su carácter de ruinosa;
        CONSIDERANDO: 1º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones entiende conveniente proceder de conformidad;
        2º) que por Resolución Nº 680/95 del 21/II/95 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de declarar fincas ruinosas;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Desafectar de su calidad de ruinosa las construcciones existentes en el apto. 1 de la finca ubicada con frente a la Avda. Dr. Gonzalo Ramírez Nº 1888.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización para su transcripción a la autoridad local correspondiente y pase al Servicio de Contralor de Edificaciones.-

Aqto. ROBERTO VILLARMARZO, Director General (I).-