Resolución N° 667/13/4000
Nro de Expediente:
1210-000216-13
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
13/12/2013


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Se convalida lo actuado y se autoriza condicionado al Programa Barrio de las Artes, el uso de la calle Soriano entre Ciudadela y Florida, los días 23 y 30/XI/13 en el horario comprendido entre las 15:00 y las 24:00 horas, con motivo de llevar a cabo un festival musical.-

Montevideo, 13 de Diciembre de 2013.-
 
        VISTO: la solicitud del Programa Barrio de las Artes para que se le conceda el uso de la calle Soriano entre Ciudadela y Florida, los días 23 y 30/XI/13 en el horario comprendido entra las 15:00 y las 24:00 horas, para llevar a cabo un festival musical;
        RESULTANDO: 1º) que la Unidad Inspectiva de Vigilancia informa que no habría inconveniente en acceder a lo solicitado, detallando a fs. 7 los elementos con los que se deberá contar para el corte de calle;
        2º) que el Municipio B presta su conformidad;
        3º) que el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño informa que no se presentan objeciones para su autorización, recomendando el cumplimiento de los aspectos detallados a fs. 12 de estas actuaciones;
        4º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones no tiene inconveniente en acceder a la solicitud planteada, conforme a las condiciones detalladas a fs. 13 y 14;
        CONSIDERANDO: las órdenes impartidas por la superioridad;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Convalidar lo actuado y autorizar al Programa Barrio de las Artes el uso de la calle Soriano entre Ciudadela y Florida, los días 23 y 30/XI/13 en el horario comprendido entra las 15:00 y las 24:00 horas, para llevar a cabo un festival musical, condicionado a que el peticionante deberá: A) cumplir con: a) las disposiciones vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado y el horario fijado, tomando todas las medidas necesarias para no poner en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad, siendo el único responsable de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; b) la normativa ambiental vigente, debiendo tener un plan de gestión de residuos que abarque la actividad a desarrollar; c) las condiciones que establece la Unidad Inspectiva de Vigilancia a fs. 7 de estas actuaciones y d) las condiciones que establece el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño a fs. 12 de estas actuaciones, las cuales se dan aquí por enteramente reproducidas y cuya fotocopia deberá ser anexada a la presente resolución; B) Responsabilizarse: a) de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en correctas condiciones de higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, especies vegetales y demás instalaciones, tanto a nivel de superficies aéreas o subterráneas, prohibiéndose terminantemente hacer uso de árboles, columnas de alumbrado público u ornamentos para la instalación de equipo sonoro, luminarias o carteles de cualquier tipo y en caso de utilizar equipo de amplificación, los decibeles deberán ajustarse a la normativa vigente y b) de todas las consecuencias que se originen o deriven de la actividad a desarrollar, quedando la Intendencia exonerada de toda responsabilidad; C) Efectuar las coordinaciones correspondientes con el Municipio B y los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 1 y Central de Inspección General y D) El incumplimiento de las condiciones en que se otorga, así como las molestias que puedan provocarse al vecindario, dará lugar a la inmediata suspensión de la actividad.-
        2º.- Establecer que deberá cumplir con la normativa vigente en materia de espectáculos públicos.-
        3º.- Comuníquese a la Secretaría General para conocimiento de la Jefatura de Policía de Montevideo, al Municipio B, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 1 y Central de Inspección General y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

Eleonora Bianchi Caserta, Directora General .-