Resolución N° 21/23/5400
Nro de Expediente:
2022-1001-98-001861
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
13/1/2023


Tema:
CESION DE CREDITOS

Resumen:
Se aprueba la Cesión de Créditos en Garantía de la empresa BENITO SALGADO SA, RUT 217584120017, a favor de Bilbao Vizcaya Argentaria Uruguay SA, RUT 210196140013, según contrato de Cesión de Créditos en Garantía de 7 de noviembre de 2022, con firmas certificadas en la misma fecha, respecto de los créditos derivados de las Compras Directas Nos. D113222, D113511, D113149 y A109476001.-

Montevideo, 13 de Enero de 2023.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la empresa BENITO SALGADO SA, RUT 217584120017;
          RESULTANDO: 1o.) que se comunica que la citada empresa otorgó Cesión de Créditos en Garantía a favor de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Uruguay SA, RUT 210196140013, quien acepta los créditos que la primera tiene contra esta Intendencia, resultantes de las Compras Directas Nos. D113222, D113511, D113149 y A109476001,  según Cesión de Créditos en Garantía de 7 de noviembre de 2022, con firmas certificadas en la misma fecha;
          2o.) que el Servicio de Escribanía eleva las presentes actuaciones a efectos de dictar resolución aceptando y notificándose de la cesión motivo de obrados, de acuerdo a lo establecido en el Art. R.991, numerales 44.2 y 44.3 del Vol. VIII del Digesto Departamental;
          3o.) que la División Asesoría Jurídica expresa su conformidad a lo solicitado;
          CONSIDERANDO: las facultades delegadas por las Resoluciones Nos. 4241/20 de 01/12/2020 y 571/20/1000 de 04/12/2020;
          LA DIRECTORA DE LA DIVISIÓN ASESORÍA JURÍDICA
          RESUELVE:
          1.- Aprobar la Cesión de Créditos en Garantía de la empresa BENITO SALGADO SA, RUT 217584120017, a favor de Bilbao Vizcaya Argentaria Uruguay SA, RUT 210196140013, según contrato de Cesión de Créditos en Garantía de 7 de noviembre de 2022, con firmas certificadas en la misma fecha, respecto de los créditos derivados de las Compras Directas Nos. D113222, D113511, D113149 y A109476001, de acuerdo a lo establecido en el Art. R.991, numerales 44.2 y 44.3 del Vol. VIII del Digesto Departamental.-
          2.- La notificación y aceptación de la cesión por la Intendencia no supone pronunciamiento de esta sobre la existencia del crédito cedido, sino que en caso de corresponder su pago, será efectuado a la cesionaria y no a la cedente.-
          3.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros y previa notificación a los interesados, pase a la Contaduría General a sus efectos.-

DRA. VERONICA QUEBRAL, Directora (I) de la División Asesoría Jurídica.-