Resolución N° 1266/23/1200
Nro de Expediente:
2022-5229-98-001938
 
PROSECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
5/12/2023


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 12 a la empresa Bowerey SA, por la falta de 6 metros de pasaje peatonal en la obra ubicada en la calle Tristán Narvaja No. 1600.-

Montevideo, 5 de Diciembre de 2023.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la obra ubicada en la calle Tristán Narvaja No. 1600, responsabilidad de la empresa Bowerey SA, RUT 16981070018, con domicilio declarado en la calle Pablo Podestá No. 1388, (domicilio fiscal en Av. Dr. Américo Ricaldoni No. 2854, correo electrónico: assimonttiasociados@gmail.com);
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental informa que personal inspectivo constató la falta de 6 metros de pasaje peatonal en la referida obra, labrándose el Acta No. 0168, de 18/8/22;
        2o.) que se procedió a otorgar vista de acuerdo a lo dispuesto en el artículo R.69 del Volumen II del Digesto Departamental, a efectos de la formulación de descargos;
        3o.) que el estudio de los descargos presentados insumieron un tiempo de estudio prolongado, estableciendo que no son de recibo;
        4o.) que en tal sentido, el citado Servicio señala que corresponde aplicar una multa de UR 12, por infringir lo dispuesto en el artículo D.3215 del Volumen XV del Digesto Departamental ("Planeamiento de la Edificación") y conforme a lo preceptuado en el artículo 3, numeral 3, literal A del Decreto No. 21.626 (se establece un monto de UR 2 por metro lineal);
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir ordenanzas departamentales de acuerdo al Decreto Nº 34.134 de 12/04/12 y la Resolución Nº 2287/13 de 03/06/13;
        2o.) que por Resoluciones Nº 4242/20 de 1/12/20 y 570/20/1000 de 4/12/20 se delegó en el
        Prosecretario General las facultades de aplicar multas de hasta un monto de
        UR 20;
        EL PROSECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 12 (unidades reajustables doce) a la empresa Bowerey SA, RUT 16981070018, con domicilio declarado en la calle Pablo Podestá No. 1388, (domicilio fiscal en Av. Dr. Américo Ricaldoni No. 2854, correo electrónico: assimonttiasociados@gmail.com), por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar dicho cobro.-
        3.- Comuníquese a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación a sus efectos, al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

Dr. Daniel González, Prosecretario General.-