Resolución N° 5/12/0115
Nro de Expediente:
0015-000309-12
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
25/1/2012


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aprobar las cláusulas del acuerdo, entre el Gobierno Municipal D y la Asociación Civil “Barrio y Cultura”, Escenario Popular Carnaval 2012.-

Montevideo, 25 de Enero de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones tendientes a la firma de un acuerdo entre este Municipio y la Asociación Civil “Barrio y Cultura”;
        RESULTANDO: 1º) que la Gerencia de Eventos dependiente del Departamento de Cultura de la Intendencia de Montevideo, otorgó a la mencionada Asociación los beneficios derivados de la gestión del Escenario Popular del Carnaval 2012, ubicado en el Anfiteatro Cilíndrico, al amparo de las disposiciones del Decreto Departamental Nº 33.984;
        2º) que la Abogada Asesora de este Municipio realizó el contralor del texto del acuerdo;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal avaló en su sesión de fecha 14 de setiembre del 2011, la instalación de un escenario popular del Carnaval 2012, en el mencionado Anfiteatro;
        2º) que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de
        Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
      1º.- Aprobar las cláusulas del acuerdo, entre el Gobierno Municipal D y la Asociación Civil “Barrio y Cultura”, en los siguientes términos: ACUERDO: En la ciudad de Montevideo, el ...... de enero de dos mil doce, POR UNA PARTE: El ................................, en nombre y representación del Gobierno Municipal “D” (en adelante el Municipio) con sede en Avenida General Flores número 4694 de esta ciudad; POR OTRA PARTE: los señores: ...................... cédula de identidad número …........., con domicilio en la calle ........... número ... y ..............., cédula de identidad número ….........., domiciliado en .... número ...., en su calidad de Presidente y Secretario, respectivamente de la Asociación Civil “Barrio y Cultura” (en adelante La Asociación), quienes expresan: PRIMERO: Antecedentes: I) La Gerencia de Eventos del Departamento de Cultura de la Intendencia de Montevideo otorgó a la Asociación Civil “Barrio y Cultura” los beneficios derivados de la gestión del Escenario Popular de Carnaval 2012, montado en Anfiteatro Cilíndrico de esta ciudad, al amparo de las disposiciones del Decreto número 33.984 de la Junta Departamental de Montevideo, promulgado por Resolución del 28 de noviembre de 2011 y II) Que el Concejo Municipal “D” ha avalado como beneficiaria a la citada Asociación, mediante Resolución del Gobierno Municipal en sesión de fecha 14 de setiembre de 2011; SEGUNDO: Mediante el presente instrumento: I) El Municipio: utilizará el veinticinco por ciento (25%) del superávit financiero generado en el Escenario Popular durante el Carnaval 2012 para gastos de mantenimiento del espacio Cilíndrico; II) La Asociación Civil “Barrio y Cultura” se obliga a: a) destinar el setenta y cinco por ciento (75%) restante del superávit financiero generado en el Escenario Popular durante el Carnaval 2012, para realizar mejoras y arreglos de infraestructuras en el Anfiteatro Cilíndrico y b) la firma de un Comodato Precario, hasta tanto sea resuelto el Convenio de uso definitivo del referido Anfiteatro actualmente a estudio de la Junta Departamental de Montevideo. TERCERO: El Gobierno Municipal “D”, a través de la Comisión de Cultura, Deporte y Educación, controlará los balances confeccionados por la Asociación gestionante del escenario popular, haciendo el seguimiento correspondiente a efectos de controlar el fiel cumplimiento del presente acuerdo. En ese marco podrá, en cualquier momento, realizar auditorías de las actuaciones financieras. CUARTO: El presente acuerdo se resolverá de pleno derecho ante la constatación de irregularidades, tomándose las medidas que correspondan con los responsables. QUINTO: La mora se producirá de pleno derecho por la omisión o realización de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado. SEXTO: En caso de incumplimiento de la Asociación Civil “Barrio y Cultura” y sin perjuicio de las medidas que se consideren pertinentes, el Gobierno Municipal “D” le retirará el apoyo para la programación del escenario popular para el carnaval siguiente. SÉPTIMO: En todo lo no previsto expresamente regirán las disposiciones del Decreto No. 33.984. Y para constancia se firman dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados.
      2º.- Establecer que se delegó en el Alcalde Interino la facultad de suscribir el acuerdo que se aprueba por el numeral que precede.-
      3º.- Notifíquese a la Asociación Civil “Barrio y Cultura”, cumplido, manténgase a Despacho hasta que la Comisión de Cultura, Deporte y Educación de este Municipio realice el control del acuerdo suscrito.-
ALVARO PEDRAJA,Alcalde (I).-

CAROLINA MURPHY,Concejala Municipal