Resolución N° 114/13/0115
Nro de Expediente:
3330-016954-10
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
6/11/2013


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de 19,1100 U.R. y otra de 19,7880 U.R., a la Sra. Aidé Celina Silvera Fernández, C.I. Nº 1.910.762-1, propietaria del predio empadronado con el Nº 176.708, sito con frente a la calle Gregorio Pérez, entre los Nos. 4683 y 4749, domiciliada en la calle Gaboto Nº 1374, por falta de higiene y cerco perimetral.-

Montevideo, 6 de Noviembre de 2013.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el predio empadronado con el Nº 176.708, sito con frente a la calle Gregorio Pérez, entre los Nºs. 4683 y 4749, propiedad de la Sra. Aidé Celina Silvera Fernández, C.I. Nº 1.910.762-1, domiciliada en la calle Gaboto Nº 1374;
        RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos no se ha procedido a realizar la limpieza total y permanente del predio, así también como el cercado reglamentario del mismo;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 informa que no habiendo cumplido con lo intimado se sugiere la aplicación de una multa de 19,1100 U.R., otra de 19,7880 U.R., por infracción al Art. 4, literal b, numeral 31 y Art. 3, inciso 6, respectivamente, Sección II del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 19,1100 U.R. (diecinueve unidades reajustables con mil cien diezmilésimas) y otra de 19,7880 U.R. (diecinueve unidades reajustables con siete mil ochocientos ochenta diezmilésimas), a la Sra. Aidé Celina Silvera Fernández, C.I. Nº 1.910.762-1, propietaria del predio empadronado con el Nº 176.708, sito con frente a la calle Gregorio Pérez, entre los Nos. 4683 y 4749, domiciliada en la calle Gaboto Nº 1374, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de las sumas adeudadas dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

CAROLINA MURPHY,Concejala Municipal