Resolución N° 194/23/0115
Nro de Expediente:
2023-0015-98-000249
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
4/10/2023


Tema:
VARIOS

Resumen:
Suspender por el término de 2 (dos) días al funcionario Sr. José López, C.I. Nº 3.766.562, perteneciente a la cuadrilla polifuncional de este Municipio, por conducta violatoria de los deberes funcionales, pasible de sanción disciplinaria de acuerdo a lo establecido en el Artículo R. 215 del Volumen III del Digesto Departamental.-

Montevideo, 4 de Octubre de 2023.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con el funcionario Sr. José López, C.I. Nº 3.766.562, que cumple tareas en la cuadrilla polifuncional de este Municipio;
        RESULTANDO: 1º) que el Director Coordinador(i) del Municipio informa que el funcionario incurrió en dos faltas con aviso los días 3 y 5 de julio del 2023 y de acuerdo a lo previsto por el Art. R. 215 del Volumen III del Digesto Municipal, corresponde aplicar una sanción de suspensión por el término de 2 (dos) días;
        2º) que se notificó al funcionario el día 06 de setiembre de 2023 y se le informó que cuenta con 10 días hábiles a partir de la notificación recibida para presentar descargo, finalizando la misma el día 20 de setiembre del presente año;
        3º) que cumplido el plazo el funcionario Sr. José López, C.I. Nº 3.766.562, no presenta descargos;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que corresponde la aplicación de las sanción;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014,donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales; 
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE
        1º.- Suspender por el término de 2 (dos) días al funcionario Sr. José López, C.I. Nº 3.766.562, perteneciente a la cuadrilla polifuncional de este Municipio, por conducta violatoria de los deberes funcionales, pasible de sanción disciplinaria de acuerdo a lo establecido en el Artículo R. 215 del Volumen III del Digesto Departamental.-
        2º.- La suspensión será cumplida los días que el Jefe Coordinador Operativo del Municipio D, lo estime conveniente.-
        3º.-Comuníquese al Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, a la División Administración de Personal, al Servicio de Liquidación de Haberes y a la Unidad Información de Personal y pase al Sector Despacho, para la notificación al funcionario, a sus efectos.-
GABRIEL VELAZCO,Alcalde.-

ANA LUISA FLEITAS,Concejal Municipal