Resolución N° 61/12/0115
Nro de Expediente:
3320-000139-12
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/9/2012


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Solicitar a la Sra. Intendenta la aprobación del Proyecto de Convenio a suscribirse entre la Intendencia de Montevideo y la Comisión Vecinal Superación, concesión uso Centro Cultural y Deportivo Puntas de Manga, Barrio Transatlántico, en el marco del Presupuesto Participativo 2008.-

Montevideo, 12 de Setiembre de 2012.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con la obra del Centro Cultural y Deportivo Puntas de Manga, Barrio Transatlántico, en el marco del Presupuesto Participativo 2008, en la zona del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 10;
        RESULTANDO: 1º) que el mencionado Servicio, informa que sería conveniente otorgar la concesión de dicho espacio a la Comisión Vecinal Superación, ya que la referida organización tiene concedido el uso del Padrón Nº 408.780 y así se agregarían los Padrones Nºs. 408.777 y 408.779, además de las instalaciones y demás equipamientos que lucen a fs. 4 de estas actuaciones;
        2º) que la Abogada Asesora de este Municipio, realizó el respectivo proyecto de Convenio;
        3º) que la Comisión Vecinal Superación presta su conformidad al proyecto de convenio que luce de fs. 13 a fs. 14 de estas actuaciones;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal entiende conveniente otorgar la cesión de uso de las obras del precitado Centro a la Comisión Vecinal Superación, mediante un convenio que establezca las obligaciones a cumplir;
        2º) que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Solicitar a la Sra. Intendenta la aprobación del Proyecto de Convenio a suscribirse entre la Intendencia de Montevideo y la Comisión Vecinal Superación: CONVENIO.- En la ciudad de Montevideo, el ......de dos mil doce.- POR UNA PARTE: La Intendencia de Montevideo, representada en este acto ...., con domicilio en la Avda. 18 de Julio Nº 1360.- POR OTRA PARTE: La Comisión Vecinal Superación, representada en este acto por ..................., con domicilio en .............- Convienen: PRIMERO.-ANTECEDENTES: 1) La Intendencia de Montevideo es propietaria de los inmuebles empadronados con los números 408.777, 408.779 y 408.780, que conforman el predio delimitado por las calles José Araus, Ortiga, Menta, Diamante y Camino Regulo, Barrio Transatlántico. 2) Que en el marco del Presupuesto Participativo 2008, la Intendencia de Montevideo realizó las obras del “Centro Cultural y Deportivo Puntas de Manga” que consistió en la construcción de salones y depósito en planta alta de la edificación existente, una cancha multiuso de pavimento de hormigón para fútbol 5 y basquetbol, un anfiteatro, parrilleros y pavimento circundante, caminería, muros y bancos, limpieza y nivelación del terreno y drenaje de aguas subterráneas. 3) Que el Gobierno Municipal D por unanimidad sugiere conceder el uso del mismo a la Comisión Fomento Superación con las obligaciones que señala. SEGUNDO.- La Intendencia de Montevideo cede el uso, con carácter precario y revocable, a la Comisión Fomento Superación de los inmuebles empadronados con los números 408.777, 408779 y 408.780 y las instalaciones del Centro Cultural y Deportivo Puntas de Manga para ser destinados a actividades socio-educativas recreativas, dirigidas a la comunidad.- TERCERO.- La Comisión Vecinal Superación asume las siguientes obligaciones: 1. Mantener el espacio público en condiciones de uso. 2. Mantener los locales en buen estado y en condiciones de uso (limpieza). 3. Tomar a su cargo los gastos de luz y agua corriente, debiendo solicitar autorización al Municipio D para la colocación de los contadores respectivos.- 4. No permitir que el local sea utilizado como vivienda de persona alguna. 5. No realizar construcciones, reformas, demoliciones ni ampliaciones sin autorización expresa del Gobierno Municipal D. 6. Utilizar las instalaciones para actividades sociales, culturales y deportivas del barrio. 7. Permitir el uso al Consejo Vecinal y al Gobierno Municipal D para actividades propias, previa coordinación. CUARTO.- Las mejoras y obras que se realicen quedarán a beneficio de la propiedad municipal, sin derecho a reclamar indemnización o compensación de especie alguna.- QUINTO.- El contralor del cumplimiento de las condiciones del presente convenio estará a cargo del Gobierno Municipal D.- SEXTO.- La Comisión Vecinal Superación, asume la responsabilidad jurídica y económica que pudiera derivarse de los actos, hechos y actividades cuya ejecución toma a su cargo por este contrato y en especial, asume todas las responsabilidades respecto de las contrataciones que pueda efectuar con terceros y de sus consecuencias.- SÉPTIMO.- La mora en el cumplimiento de las obligaciones pactadas se operará de pleno derecho sin necesidad de interpelación judicial ni gestión particular alguna, por el solo vencimiento de los plazos fijados o por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo pactado.- OCTAVO.- Las partes constituyen domicilios especiales en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia. NOVENO.- Las partes aceptan desde ya como válidas las notificaciones e intimaciones que se realicen como consecuencia de este otorgamiento, mediante telegrama colacionado con nota de retorno, dirigido a los domicilios especiales constituidos, sin perjuicio de otros medios fehacientes de notificación o intimación.- DÉCIMO.- Representación.- Los señores, en su calidad de … de la Comisión Vecinal Superación acreditan la representación que invocan por medio de …. Y, para constancia y en señal de conformidad se suscriben tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados ut-supra.-
        2º.- Solicitar a la Sra. Intendenta encomendar la suscripción del Convenio que se aprueba en el numeral que precede, en la Sra. Alcaldesa del Municipio D.-
        3º.- Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 10 y pase a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación a sus efectos.-
ALVARO PEDRAJA,Alcalde I.-

CAROLINA MURPHY,Concejala Municipal