Resolución N° 171/14/0115
Nro de Expediente:
3330-010388-12
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/12/2014


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de 23 U.R. y de 10 U.R. a la Cooperativa UCAP, RUT 21 520004 001, propietaria del establecimiento destinado a clasificado de polietileno para reciclaje, sito en la calle Gilberto Bellini Nº 9999.-

Montevideo, 17 de Diciembre de 2014.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el establecimiento destinado a clasificado de polietileno para reciclaje, sito en la calle Gilberto Bellini Nº 9999, propiedad de la Cooperativa UCAP, RUT 21 520004 0015, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos no se ha procedido a presentar las habilitaciones municipales y de la Dirección Nacional de Bomberos, que autorice el funcionamiento del referido local;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 sugiere la aplicación de una multa de 23 U.R por infracción al Art. 14, inc. a, numeral 1 (falta de habilitación municipal) y otra de 10 U.R. por infracción al Art. 3, inc.20 (falta de habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos) del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 ;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 23 U.R. (veintitrés unidades reajustables) y de 10 U.R. (diez unidades reajustables) a la Cooperativa UCAP, RUT 21 520004 001, propietaria del establecimiento destinado a clasificado de polietileno para reciclaje, sito en la calle Gilberto Bellini Nº 9999, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

DANIEL FAGUNDEZ,Concejal Municipal