Resolución N° 144/15/0115
Nro de Expediente:
3330-008060-14
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/8/2015


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de 30 U.R. a los Sres. Leonardo Gómez y Claudia Gómez, C.I. Nº 13.753.750-3 y 1.505.427-0 respectivamente, propietarios de la finca empadronada con el Nº 197512, sita en la calle Tubichas Nº 4515 por afectar la habitabilidad e higiene del predio lindero Padrón Nº 197.511

Montevideo, 19 de Agosto de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca empadronada con el Nº 197.512, sita en la calle Tubichas Nº 4515;
        RESULTANDO: 1º) que se solicitó a los titulares del bien Sres. Leonardo Gómez y Claudia Gómez, C.I. Nºs. 13.753.750-3 y 1.505.427-0 respectivamente, para permitir el escurrimiento por canaleta de las aguas pluviales del predio, para no afectar la habitabilidad e higiene del predio lindero Padrón Nº 197.511;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, sugiere ante el incumplimiento de lo intimado, la aplicación de una multa de 30 U.R., según lo que establece la Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A) del Decreto Nº 21.626;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal aprueba por la mayoría de sus integrantes la aplicación de la sanción, constando en Acta lo resuelto;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 30 U.R. (treinta unidades reajustables) a los Sres. Leonardo Gómez y Claudia Gómez, C.I. Nºs. 13.753.750-3 y 1.505.427-0 respectivamente, propietarios de la finca empadronada con el Nº 197512, sita en la calle Tubichas Nº 4515, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación a los infractores y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

NESTOR PAIPO,Concejal Municipal